La llamada “Ley Silla”, impulsada en 2023 por la exsenadora de MC, Patricia Mercado, y revivida este año por el diputado de Morena, Ricardo Monreal, por fin se aprobó en el Senado.
Esta ley que se remite al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrada en vigor, plantea que ningún trabajador permanezca de pie en su jornada laboral y tome asiento de forma periódica en el desarrollo de sus funciones.
Y es que el pleno senatorial aprobó por unanimidad, con 104 votos a favor, la “Ley Silla”, que obligará a empleadores a proveer suficientes sillas con respaldo a mujeres y hombre trabajadores en los sectores de servicio y comercio para realizar su jornada laboral.
¿A quiénes beneficiará?
De esta manera, las y los trabajadores que laboran en centros comerciales, tiendas, fábricas, instituciones policiales, personal de intendencia, hasta el personal de resguardo legislativo en el Congreso, sus patrones están obligados a proveer sillas para que ninguno permanezca de pie durante toda su jornada laboral.
Es de recordar que esta reforma fue avalada en 2023, en la pasada Legislatura del Senado, impulsada por la entonces senadora Patricia Mercado, pero se congeló en la Cámara de Diputados, ahora se logra que sea una ley en México.
El dictamen agrega que, en el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que, para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo.
Se modifica la Ley Federal del Trabajo (LFT)
En el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) se establece que se prohíbe a las personas empleadoras obligar a las mujeres y hombres trabajadoras a permanecer de pie en la totalidad de la jornada laboral, así como prohibirles tomar asiento periódicamente en el desarrollo de sus funciones.
Respecto del artículo 423 de la LFT se fija que el reglamento interior de trabajo contendrá normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo durante la jornada laboral.
La minuta, además, modifica los artículos 422 y 423 para cambiar el término “trabajador” por “persona trabajadora”.
Las disposiciones transitorias establecen un plazo posterior a la entrada en vigor del decreto no mayor a treinta días naturales, para que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emita las normas correspondientes sobre los factores de riesgos de trabajo.
Se contemplan 180 días para que las personas empleadoras o empresas puedan adecuar su normativa interna para dar cumplimiento a lo establecido en la fracción V del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.

¿Dónde laboran de píe?
En tribuna, la senadora del PT, Geovanna Bañuelos expuso que 45% de las personas trabajadoras, casi la mitad realizan su jornada laboral de pie y sin descanso, de los cuales la mitad afirma tener molestias como dolor de espalda o cansancio en las piernas.
Además, continuó, 35% de mujeres y hombres trabajadores realizan sus labores de pie por más de ocho horas diarias y 47% por periodos de entre cuatro y ocho horas en esa posición.
La senadora del PT destacó que esa situación de mantener a una persona de pie de forma prolongada son prácticas recurrentes en fábricas, hoteles, restaurantes, hospitales, incluso guardias de seguridad, entre otros oficios.