El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordena al Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo (CEPE) informar los motivos de cambios como la exclusión e inclusión de aspirantes a la etapa de evaluación de idoneidad del proceso electoral extraordinario de juzgadores 2024-2025.
El CEPE dejó de informar al TEPJF al considerar que incumplía con el requisito consistente en obtener una calificación mínima de nueve o su equivalente, en las asignaturas relevantes para el cargo al cual se postuló.

¿Por qué deben incluir a dos aspirantes en la lista?
A propuesta de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso y de la magistrada Janine M. Otálora Malassis, el pleno de este órgano jurisdiccional también ordenó la inclusión de dos personas en la lista de aspirantes que cumplen con los requisitos de elegibilidad para el mencionado proceso electoral.
Señalaron que en estados dos personas aspirantes para participar en los comicios del 1 de junio próximo es indebida su exclusión del Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo (CEPE).
En consecuencia, el Comité de Evaluación deberá generar adendas para que ambas personas sean incluidas en el listado de personas elegibles (SUP-JDC-1489/2024, SUP-JDC-1569/2024, SUP-JDC-1525/2024).






