La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo aseguró que la reforma a la Ley de Amparo aprobada en el Senado no puede aplicarse de manera retroactiva, pues la Constitución lo impide de forma categórica.
En su tradicional conferencia de prensa, la mandataria explicó que este principio jurídico debe ser respetado en cualquier circunstancia, por lo que los amparos ya iniciados seguirán tramitándose bajo la legislación vigente al momento de su presentación.
“La Constitución establece claramente que no puede haber retroactividad en las leyes. Eso es lo primero. Lo nuevo se aplica a partir de la entrada en vigor de la norma, pero los procedimientos en curso se rigen con la ley anterior”, sostuvo.
Debate por el transitorio
Sheinbaum reconoció que el Senado incluyó un transitorio que ha generado inquietudes, al señalar que las nuevas reglas se aplicarán a partir de la aprobación de la reforma. Sin embargo, consideró que su incorporación era innecesaria.
“Desde mi punto de vista, no había por qué ponerlo, porque ya está implícito en la propia Constitución. No soy abogada, pero creo que las leyes también deben tener sentido común. Si es un nuevo juicio de amparo, aunque sea sobre un caso previo, entonces se aplica la nueva ley; si es un procedimiento que ya está en curso, debe continuar con la ley anterior”, explicó.
Adelantó que este apartado deberá revisarse en la Cámara de Diputados para evitar interpretaciones contradictorias y garantizar que la norma no dé pie a dudas en los tribunales.
Cambios sustanciales
Más allá de la discusión sobre la retroactividad, la presidenta detalló que la reforma contiene tres modificaciones clave:
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Agilizar procesos. Se busca acortar los tiempos de resolución de los juicios de amparo, que en algunos casos tardan hasta dos décadas, sobre todo en materia fiscal y comercial.
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Congelamiento de cuentas. Se elimina la posibilidad de que, de manera casi automática, los jueces concedan suspensiones al bloqueo de cuentas investigadas por presunto lavado de dinero, lo que permitía vaciar los recursos de inmediato. Ahora, el congelamiento se mantendrá hasta que se resuelva el fondo del amparo.
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Garantías fiscales. Cuando se otorgue una suspensión, el contribuyente deberá depositar en garantía lo que deba al fisco, evitando que los amparos sirvan como medio para evadir responsabilidades.
Proceso legislativo
El dictamen aprobado por el Senado, con 76 votos a favor y 39 en contra, fue turnado a la Cámara de Diputados para continuar con el trámite legislativo. La reforma también contempla ajustes al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con el fin de modernizar los procedimientos y dar mayor certeza jurídica a los expedientes digitales.
“El amparo no se elimina”
Frente a críticas de sectores que advierten un retroceso en derechos, Sheinbaum enfatizó que la figura del amparo no desaparece ni se restringe.
“No se está quitando el derecho de los mexicanos a tener amparo frente a un acto de autoridad. Al contrario, lo que se busca es que funcione con eficacia y sin abusos”, concluyó.
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