Ante la difusión de información sobre la reciente reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) en materia de plataformas digitales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró los alcances de dicha modificación legal.
El organismo fiscal negó categóricamente que la reforma aprobada por la Cámara de Diputados tenga fines de espionaje digital o que se trate de una «ley espía» para vigilar a los usuarios de servicios digitales.
Según el SAT, esta interpretación es completamente falsa y carece de fundamento.
La reforma, que incorpora el artículo 30-B al CFF, establece que las plataformas digitales deberán permitir a las autoridades fiscales el acceso en línea y en tiempo real únicamente a la información que obre en sus sistemas o registros y que sea necesaria para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Este acceso se limita exclusivamente a la información fiscal de las plataformas en materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El SAT enfatizó que la modificación está dirigida a mejorar la eficiencia en la recaudación fiscal dentro del sector digital y a combatir la evasión de impuestos.
“En ningún momento, se establece que el SAT podrá acceder a la información de los usuarios o a la actividad que tengan en las plataformas, ni mucho menos se incluyen fines de vigilancia a las personas, como se quiere hacer creer”, sostuvo.
Finalmente, el organismo reiteró su compromiso con la protección de los derechos de libertad y privacidad de los ciudadanos, consagrados en la Constitución.
Reafirmó su intención de seguir desarrollando mecanismos que permitan hacer más eficiente la recaudación y cerrar espacios de evasión fiscal en beneficio del desarrollo del país.