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SME gana sentencia en juicio colectivo; Tribunal confirma legalidad de su proceso electoral 2025-2030

Tribunal laboral desecha impugnación de grupo disidente y ratifica triunfo de Martín Esparza

Adriana Urrea Por Adriana Urrea
24 de noviembre de 2025
En Voz Laboral
SME gana sentencia en juicio colectivo; Tribunal confirma legalidad de su proceso electoral 2025-2030
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El Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) obtuvo una sentencia favorable en el juicio colectivo promovido en su contra, luego de que el Primer Tribunal Laboral de Asuntos Colectivos de la Ciudad de México confirmara la plena legalidad y legitimidad de su proceso electoral 2025-2030.

La resolución, emitida este 24 de noviembre, desechó la impugnación presentada por un grupo disidente y ratificó la validez del triunfo otorgado por más de 14 mil trabajadores en las urnas.

En un comunicado, el SME precisó que obtuvo dicho fallo a su favor en el Primer Tribunal Laboral de Asuntos Colectivos de la Ciudad de México, luego de que la jueza Ofelia García Flores emitiera sentencia dentro del procedimiento especial colectivo expediente 183/2025, promovido por Emilia Peña Contreras y otros.

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En su resolución la jueza “desechó categóricamente el acto de reclamación interpuesto por el grupo disidente que cuestionaba la legalidad y legitimidad del pasado proceso electoral del SME, en el que se eligió, para el periodo 2025-2030, a medio Comité Central y Comisiones Autónomas, incluyendo a la Secretaria General”.

El sindicato explicó que los promoventes del litigio, “en su mayoría ex miembros de nuestra organización, no fueron capaces de acreditar con pruebas fehacientes su impugnación a la democracia sindical del SME.”

La autoridad judicial destacó que “las inconsistencias y falsedades de quienes, a través de un litigio, pretendían lograr lo que no pudieron alcanzar en las urnas.”

Resolutivos íntegros del Tribunal Laboral

El SME incluyó en su comunicado los puntos resolutivos dictados por el Tribunal:

**“PRIMERO.- La actora Peña Contreras Emilia y otros no acreditaron la procedencia de su acción mientras que los demandados Sindicato Mexicano de Electricistas y otros, justificaron sus excepciones y defensas.

SEGUNDO.- Se ABSUELVE al Sindicato Mexicano de Electricistas, Comisión Autónoma de Justicia y Comisión Electoral, de la totalidad de las prestaciones demandadas, por los motivos expuestos en el presente fallo.

TERCERO.- Notifíquese personalmente a las partes. Cúmplase y en su oportunidad archívese como asunto total y definitivamente concluido.”**

SME: La democracia sindical quedó ratificada

El sindicato afirmó que nuevamente quedó demostrado que sus procesos electorales se ajustan a la normatividad laboral:

“Una vez más quedó demostrado que los procesos electorales del SME están ceñidos a la normatividad de las leyes laborales vigentes, así como a nuestro marco estatutario», afirmó.

El SME subrayó que, de esta manera se corroboró y ratificó la legalidad y legitimidad del proceso electoral 2025-2030 por el Poder Judicial, y la resolución respalda la voluntad de la base sindical.

“Con ello, la voluntad mayoritaria de los más de 14 mil compañeras y compañeros que le dieron el triunfo al C. Martín Esparza Flores como Secretario General y a la Planilla Once de Octubre, a través de su voto personal, libre, directo y secreto, queda sólidamente resguardada», puntualizó la organización sindical.

Etiquetas: electricistasPortada 1proceso electoralSME
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