La decisión se aprobó por siete votos contra uno.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo el caso de María Elena Ríos, saxofonista oaxaqueña sobreviviente de un ataque con ácido en 2019, para revisar cinco amparos promovidos por los acusados, entre ellos el exdiputado priista Juan Antonio Vera Carrizal, señalado como probable autor intelectual de la agresión.
El Pleno aprobó ejercer la facultad de atracción por siete votos contra uno. La Corte analizará si fue legal dejar sin efectos el fallo absolutorio y ordenar la reposición del juicio oral, después de que el juez que presenció las pruebas y dictó la absolución fue suspendido antes de concluir la redacción y lectura de la sentencia.

SCJN atrae el caso de María Elena Ríos
La solicitud de atracción la impulsaron el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, y la ministra Loretta Ortiz Ahlf. El asunto comprende cinco amparos en revisión relacionados con la decisión de anular el juicio y dejar sin efectos la absolución de los acusados.
En agosto de 2024, el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió a los imputados. Posteriormente, tras su suspensión, la jueza sustituta María Antonia Esteva Domínguez dejó sin efectos el fallo y ordenó reponer el juicio oral.
La controversia no consiste en determinar ahora la responsabilidad penal de los acusados, sino en establecer si la jueza sustituta tenía facultades para anular el juicio cuando el juzgador que escuchó las pruebas ya había deliberado y emitido su fallo, aunque todavía faltaban la redacción por escrito y la audiencia para leer y explicar la sentencia.
Qué revisará la Corte en el caso de María Elena Ríos
Uno de los ejes del análisis será el principio de inmediación, que exige que la persona juzgadora que resuelve un proceso penal tenga contacto directo con las pruebas y las intervenciones desarrolladas durante el juicio oral.
El Pleno deberá examinar los alcances de ese principio y su relación con el debido proceso, la seguridad jurídica, la libertad personal y la prohibición de juzgar dos veces por los mismos hechos, conocida como non bis in idem.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf señaló que el asunto plantea cuestiones relevantes tanto para la seguridad jurídica como para el acceso efectivo a la justicia de las víctimas de violencia de género.
Por su parte, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz precisó que la Corte no analizará en esta etapa el fondo de la acusación, sino las circunstancias procesales que llevaron a anular el juicio.

El ataque con ácido contra la saxofonista
María Elena Ríos Ortiz, conocida como Malena, es una saxofonista originaria de Oaxaca que sobrevivió a un ataque con ácido el 9 de septiembre de 2019, en Huajuapan de León. La agresión le provocó lesiones graves y requirió múltiples intervenciones médicas.
Juan Antonio Vera Carrizal, empresario gasolinero y exdiputado local del PRI, fue señalado como probable autor intelectual del ataque. La revisión que realizará la SCJN se concentra en la validez de las decisiones procesales que dejaron sin efectos la absolución y ordenaron reponer el juicio.
La resolución de la Corte permitirá establecer los criterios jurídicos aplicables cuando al juzgador que presenció un juicio oral se le sustituye después de deliberar, pero antes de completar la formalización escrita y lectura de su sentencia.
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