México, 17 abr. (Notimex). – Satélites Mexicanos (Satmex) notificó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que el satélite Eutelsat 113 West A cesó operaciones debido a una anomalía presentada el 31 de enero de 2024.
Ante ello, la empresa presentó ante el IFT el correspondiente reporte de falla y solicitó aprobar la desorbitación del satélite que ocupa la Posición Orbital Geoestacionaria (POG) 113.0° Longitud Oeste asignada al país, la cual concluyó el 3 de abril.
El organismo regulador del sector telecomunicaciones autorizó a Satmex iniciar la desorbitación del satélite Eutelsat 113 West A, a partir del 25 de marzo del 2024.
Cumplir acciones
No obstante, precisó, debe atender diversas acciones, entre ellas tomar todas las medidas preventivas necesarias para no causar daños ni afectaciones a otros sistemas satelitales durante la desorbitación.
Dar aviso al Instituto y a la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes (SICT), dentro de los 10 días hábiles siguientes a que ocurra cualquier suceso que pueda afectar otros sistemas satelitales o causar daños a terceros, derivado de la desorbitación;
Asimismo, presentar el informe correspondiente conforme a lo dispuesto en el numeral 72 de las Disposiciones Regulatorias una vez concluida la desorbitación del satélite.
Además, establecer una comunicación y coordinación constante con los operadores de los satélites que se encuentran ubicados compartiendo la POG 113.0° LO u otros satélites fuera de la POG, con el fin de evitar cualquier situación de colisión.
El concesionario informó que el 3 de abril concluyó el proceso de desorbitación iniciado el 25 de marzo de este año, acatando las medidas impuestas por el órgano regulador para realizarlo.
El IFT precisó que la autorización otorgada al concesionario para la desorbitación del satélite no prejuzga sobre la continuidad en la prestación de los servicios previstos en la concesión para ocupar la POG 113.0° LO otorgada a Satmex.
Proteger recursos del Estado
Esto, en el entendido de que en todo momento se deberá atender y considerar lo que señale el instituto a través de los actos administrativos correspondientes para la preservación de los recursos orbitales asignados al Estado mexicano.
Lo anterior, toda vez que la solicitud de desorbitación se desprende de una circunstancia particular derivada de la falla del satélite.
Adicionalmente, la autorización de desorbitación otorgada a Satmex no se pronuncia ni tampoco prejuzga respecto a lo que esa empresa pueda acordar con la SICT, en lo relativo a la provisión de la reserva de la capacidad satelital.
De igual forma, esta determinación no se pronuncia respecto a las acciones y medidas conducentes para la reanudación en la prestación de los servicios, ni de las tareas a cargo de la SICT para mantener el derecho y reconocimiento internacional a favor del Estado mexicano para ocupar la Posición Orbital Geoestacionaria (POG) 113.0° LO conforme a la “Política en materia satelital del Gobierno Federal”.