Ciudad de México, 6 may. (AMEXI).- Francisco Javier Rebolledo, juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, determinó que el auditor especial de Desempeño de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), Agustín Caso Raphael, debe continuar en su cargo.
Al conceder una suspensión provisional a Agustín Caso, el juez consideró posibles irregularidades en el oficio por el cual se notificó a Caso Raphael su separación.
“Este juzgador advierte de su contenido, que no se encuentra motivado, porque no se explica cuáles son las razones de la pérdida de confianza que dieron origen al cese, por lo que en un cumulo de probabilidad que en el juicio principal del cual deriva el presente incidente otorgue el amparo solicitado.
Por ende, como ya se dijo, se concede la medida cautelar en los términos indicados en párrafos que preceden y en atención la apariencia del buen derecho y el peligro en la demora”, señala la determinación.
El 13 de mayo será la próxima audiencia
La suspensión momentánea otorgada por el juez es a partir de irregularidades en el oficio UGA/DGRH/DRL/045/2024 por el cual fue informado de su remoción Agustín Caso Raphael. El próximo lunes 13 de mayo se llevará a cabo la audiencia donde se decidirá si la suspensión es definitiva.
De acuerdo con Agustín Caso Raphael, su renuncia fue informada por el auditor superior, David Colmenares. Tras darse a conocer la separación, escribió una carta en la cual denuncia la falta de autonomía en la ASF para realizar investigaciones.
“Para nadie es un secreto que, de manera cada vez más grave, en la Auditoría Superior de la Federación se ha abdicado del cumplimiento de los principios constitucionales en detrimento de la autonomía e independencia de la función de la fiscalización, lo que se traduce en abandonar o hacer retroceder a los equipos auditores en su misión”, señala en la misiva.
Caso Raphael también mencionó: “se han dejado de procurar y hacer cumplir los principios de separación de poderes, estado de derecho, y con ello se ha debilitado no solo a la Auditoría, sino a todas las instituciones públicas que dejan de cumplir con su actividad institucional, la cual emana del mandato constitucional a que están obligados”.