Puebla, 17 jul. (AMEXI).- La empresa Volkswagen de México condiciona la reinstalación de trabajadores a cambio de que renuncien a sus derechos sindicales y de libre manifestación, en violación a las leyes mexicanas y acuerdos internacionales.
De esta manera, advirtieron que el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida está en riesgo, porque de permitirse este tipo de condicionamientos, se estaría sentando un precedente negativo que impactaría al resto de los trabajadores y trabajadoras.
Secretaría del Trabajo investiga la queja en el Mecanismo de Respuesta Rápida
En conferencia de prensa, explicaron que el pasado viernes 12 de julio, venció el plazo para que el gobierno mexicano presentara su informe relacionado con la investigación que, durante 45 días, realizó en torno a los hechos que dieron motivo a la queja presentada ante el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida
Dicha queja derivó del despido injustificado que la empresa Volkswagen de México S.A. de C.V. llevó a cabo en contra de 10 trabajadores y trabajadoras sindicalizados.
“Tenemos conocimiento de que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Unidad de Política Laboral y Relaciones Institucionales, implementó distintas acciones de investigación y de remediación, entre ellas incidió para que la empresa publicara su carta de neutralidad, en la que se compromete a cumplir con el marco jurídico mexicano y con el respeto y garantía de los derechos humanos”, agregaron.
En el mismo sentido, hizo público los lineamientos sobre la libertad sindical, en la que se compromete a respetar el derecho que tienen las y los trabajadores de asociarse libremente, a no cometer actos de injerencia y a evitar que se cometan actos de persecución por afiliación y actividad sindical.
Lo anterior, abundaron, no resuelve el fondo de la queja, que tiene que ver con la afectación a la libertad sindical y a la contratación colectiva que llevó al despido de 10 trabajadores sindicalizados, algunos de ellos en funciones de representación sindical al momento del despido.
Se logran acuerdos importantes, pero la empresa pone trampas
Entre las acciones de remediación, la Unidad de Política Laboral y Relaciones Institucionales impulsó una serie de reuniones entre la empresa y los trabajadores, en las que se lograron acuerdos importantes como la reinstalación con la protección y garantía de todos y cada uno de los derechos de los que las y los trabajadores disfrutaban antes de su despido.
Sin embargo, al cierre de las misma, la empresa presentó un convenio de reinstalación en el que colocó una cláusula innegociable, misma que, de ser aceptada por los trabajadores y trabajadoras despedidas, implicaría una renuncia a sus derechos de libertad sindical y de libre manifestación de ideas, por la que no fue posible lograr la reinstalación a través de este medio.
En consecuencia, la empresa, a través de los procesos legales que se siguen en los Tribunales laborales del Estado de Puebla, presentó un escrito de allanamiento parcial a la demanda sólo en lo que hace a la reinstalación sin que ello implique el reconocimiento de los hechos que llevaron al despido injustificado.
Sin embargo, la empresa nuevamente colocó como condición de reinstalación la renuncia de las y los trabajadores a sus derechos de libertad sindical y de libre manifestación de ideas.
Las y los trabajadores no se oponen a la reinstalación, ya que consideran que la protección y garantía de su derecho al trabajo es fundamental. Sin embargo, causa alerta que la reinstalación se realice de manera condicionada, pues ello implica la posibilidad de que la empresa pueda realizar y justificar actos de acoso laboral, discriminación e incluso nuevamente el despido de las y los trabajadores.
Precedente negativo para el Mecanismo de Respuesta Rápida y del sindicalismo
Asimismo, este condicionamiento tendría un impacto desfavorable para el propio Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida, pues hasta el momento, en ningún otro caso en el que se logró la reinstalación de trabajadores, se les condicinó a que renuncien a sus derechos.
Por lo tanto, de permitir que una situación así avance, bien a través del Mecanismo o bien a través de los Tribunales de lo laboral, se estaría comprometiendo a futuro los derechos de otros trabajadores y trabajadoras que puedan recurrir al Mecanismo, pero también representaría un gran golpe al movimiento sindical democrático del país.
Por esta razón, confiamos en que el gobierno mexicano, a través del Secretario del Trabajo Marath Baruch Bolaños López, realizará una adecuada valoración de lo que una condicionante así significa para los derechos de las y los trabajadores, los impactos que podría tener para la libertad sindical, y por lo tanto, para el cumplimiento de los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo.
Además de la afectación que puede generar al objetivo principal de la reforma laboral aprobada en 2019, que es justamente el fortalecimiento de la libertad sindical y la contratación colectiva autónoma y legitima.
“Confiamos en que la Secretaría del Trabajo, de acuerdo a sus competencias y obligaciones constitucionales en materia de derechos humanos, velará por la protección, respeto y garantía de los derechos humanos laborales de las y los trabajadores despedidos de Volkswagen de México, así como del resto de los trabajadores y trabajadoras del país que se verían afectados si esta situación avanza”, destacaron.






