Ciudad de México, 2 ago. (AMEXI).- La Comisión Permanente Nacional del PAN aprobó, por unanimidad, la reforma al Reglamento de Militantes, con lo que se reconocen dos tipos, se crea el Expediente Único para que realicen el registro de sus actividades partidistas de manera electrónica y se asegura la transparencia del padrón.
Ante la próxima renovación de la dirigencia nacional del PAN, con la presencia del presidente nacional panista, Marko Cortés Mendoza, y la secretaria general, Noemí Luna Ayala, el coordinador general jurídico del Consejo Ejecutivo Nacional (CEN), Raymundo Bolaños, desglosó los puntos que armonizan el reglamento con los Estatutos Generales.
En materia de afiliación, puntualizó que habrá dos procesos ordinarios de ingreso: ser militante con un sólo clic desde la aplicación, para que esté al alcance de cualquier ciudadano, sin mayor trámite que contar con identificación y comprobante de domicilio.
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Y a través del portal web, que sería el sistema tradicional, con el que se permite iniciar el trámite en cualquier lugar con conexión a internet, y terminarlo ante alguna de las estructuras del Partido.
Los tipos de militancia
Para los tipos de militancia, el grado de compromiso con el partido dependerá de cada ciudadana o ciudadano que ingrese, ya que, al afiliarse, se ingresará al partido con el carácter de militante, sin obligaciones, pero también sin los derechos de participación en los procesos internos.
Quienes quieran participar en procesos internos deberán tomar el Taller de Introducción al Partido, para que una vez acreditado y transcurrido un año, el estatus se actualice a Militancia Activa, adquiriendo la totalidad de derechos y obligaciones de participación.
En este sentido, los talleres se llevarán a cabo en línea sincrónica programada por la Secretaría de Formación y Capacitación del CEN.
El Expediente Único
Con respecto al Expediente Único de la Militancia, explicó que será la herramienta donde se registre las actividades de las y los militantes con el partido.
En la reforma también se detallan que la acreditación de la militancia residente en el extranjero debe realizar por medio de la credencial para votar expedida en el país que reside. Con ello, se abre la posibilidad de que participen en los procesos internos donde se elijan cargos de carácter nacional.
Además, se actualizan las causas de renuncia pública, para que pueda ser procesada con la manifestación pública expresa, el registro de una candidatura con un partido político diferente o actos inequívocos de carácter público, en los que se apoye a otro partido, salvo que se concurra en asociación electoral.







