Las personas adultas mayores podrían tener problemas para obtener la Clave Única de Registro de Población (CURP) biométrica, ya que un requisito es registrar las huellas dactilares, pues con el paso de los años tienden a desaparecer.
De acuerdo con información del Consejo Nacional de Población (Conapo), en 2025 en México hay 17 millones 121 mil 580 personas adultas mayores que sus huellas dactilares se están borrando.
Las personas de 60 años de edad y más actualmente representan el 12.8% de la población total, y para el año 2030 habrá alrededor de 20.4 millones.
¿Por qué tiende a desaparecer las huellas dactilares?
Cabe señalar que la pérdida o deterioro de las huellas dactilares en personas adultas mayores se conoce como adermatoglifia, que es un fenómeno natural relacionado con el envejecimiento de la piel. Esta situación también puede ser causado por:
- Enfermedades dermatológicas
- Lesiones
- tratamiento de quimioterapia
La falta de huellas dactilares puede dificultar la identificación biométrica y otros trámites que requieren este tipo de reconocimiento, como el CURP.
Sin embargo, las autoridades no han dicho cómo se resolverá esta situación, para que este sector de la población obtenga el documento.
¿Qué señalan los especialistas?
Los especialistas señalan que, con el paso de los años, la piel se vuelve más delgada y las crestas epidérmicas, que forman los patrones de las huellas dactilares, pueden perderse o aplanarse.
También algunas enfermedades de la piel como la esclerosis sistémica, pueden afectar la textura de la piel y provocar la pérdida de huellas dactilares, según National Institutes of Health (NIH).
Otros factores son lesiones en los dedos que pueden dañar la piel y alterar los patrones de las huellas dactilares.
Algunos tratamientos de quimioterapia pueden tener efectos secundarios en la piel, incluyendo la pérdida de huellas dactilares.
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¿Exclusión de la CURP para adultos mayores sin huellas dactilares?
La CURP biométrica es oficial en México desde el 16 de julio, su implementación es gradual y para enero de 2026.
El proceso se abrirá al público en general en módulos del Registro Civil y otras oficinas habilitadas en todo el territorio nacional y en febrero la podrán emitir y será obligatoria.
En este sentido, investigadores de la UNAM explican que la ausencia de huellas dactilares puede complicar la identificación en situaciones que requieren biometría dactilar como son:
- Controles de seguridad
- Trámites bancarios
- Acceso a dispositivos electrónicos, entre otros
Los expertos consideran que debido a lo anterior: “ceñirse sólo al reconocimiento biométrico es caer en exclusión”.
¿Qué tipos de biométricos podrían integrarse para evitar la exclusión?
Santiago Greco, gerente senior del área de consultoría y business hacking de Globant explica que hay tres tipos de biométricos que pueden integrarse y que posibilitan la inclusión.
Uno de los más populares es el uso de voz, otro el de reconocimiento facial y uno de los que ha cobrado mayor interés es el de la huella dactilar.
Indica que estos datos biométricos sirven para validar que una persona que dice ser quien es pueda verificar esta identidad y también que está vivo.
Sin embargo, precisa que las personas adultas mayores que van perdiendo las huellas dactilares con el paso del tiempo quedan fuera para usar esa parte del cuerpo como un password.
Estas personas son aquellas que padecen de adermatoglifia o quienes usan sustancias destructoras de las huellas en su quehacer o trabajo cotidiano.
¿Qué grupo de personas se consideran si huellas dactilares?
De los grupos de personas sin huellas dactilares el mayor es el de adultas mayores y se requiere el diseño inclusivo y la adaptación de la tecnología, y la elección del tipo de biométrico que se es responsabilidad de la institución detrás del sistema.
¿Qué alternativas existen?
Algunos expertos señalan alternativas como:
- Identificación genética (ADN)
- Reconocimiento facial
- Escaneo de iris
- Reconocimiento de voz
Cabe señalar que desde 2023 legisladores señalaron este problema en instituciones financieras y se presentó una iniciativa que reforma la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
En la propuesta legislativa se resalta la necesidad de que establezcan formas de autentificación adicionales al uso de las huellas dactilares, que puede ampliarse al CURP.
CURP biométrica
Conforme al decreto publicado el miércoles 16 de julio en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la versión convencional ya no será aceptada en trámites y servicios que requieran identificación como:
- Inscripción a programas sociales
- Trámites bancarios
- Inscripciones escolares
- Atención médica en el sector público, entre otros
¿Qué contiene la CURP Biométrica?
Cabe señalar que la CURP biométrica será obligatoria a partir de febrero de 2026 e incluirá la fotografía, huellas dactilares y el escaneo del iris del titular.
Conserva su estructura alfanumérica de 18 caracteres e integra datos biométricos como:
- Huellas dactilares de ambas manos
- Escaneo del iris
- Fotografía digital del titular
- Firma electrónica
De acuerdo con el decreto de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, publicado en el DOF, la CURP es el documento único de identidad de las personas con carácter de identificación oficial.
Estará disponible en formato físico y digital a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
La Ley General en Materia de Desaparición Forzada la hace obligatoria por los mecanismos de búsqueda de personas y todos los entes públicos y privados deberán aceptarla para realizar trámites o prestar servicios.
¿Y cómo obtener la CURP?
Se estima que el proceso de escaneo de los biométricos no durará más de 20 minutos. El trámite es gratuito y ya iniciaron las pruebas piloto.
Está disponible ahora en Veracruz, en Xalapa, Coatzacoalcos, Poza Rica, Misantla y Tantima.
También en algunos módulos de la Ciudad de México y el Estado de México, y en lugares donde se comenzaron a realizar las pruebas piloto desde inicios de este mes de julio.
¿Qué documentos son los requeridos?
- Acta de nacimiento certificada y actualizada
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte)
- CURP tradicional validada ante el Registro Nacional de Población (Renapo)
- Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses
- Correo electrónico
- Los padres, madres o tutores deben llevar a niños y niñas padre, y deberá acreditar su identidad y parentesco.