Gerardo carmona. Corresponsal
Toluca, Edomex, 10 de julio 2024.- El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) ordenó al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) comenzar el procedimiento de liquidación como partido político local para Nueva Alianza Estado de México (NAEM) y designe a un interventor que fiscalice sus bienes, ya que no alcanzó el 3% de la votación de diputaciones locales que la ley requiere como mínimo para conservar el registro.
En sesión del pleno, el TEEM revisó los dos juicios presentados por sus aliados en los comicios 2024, PRD y PAN, para impugnar la decisión del Consejo General del IEEM de no designar un interventor para que inicie el proceso de extinción del (NAEM). las prerrogativas y derechos como partido político.
El argumento del Consejo General para no haber nombrado interventor e iniciar el procedimiento de extinción fue que NAEM alcanzó el 4% de la votación de Ayuntamientos, y según el criterio de la Sala Superior del TEPJF y de la Sala Regional señala que basta con que el partido alcance el mínimo del 3% de los votos en alguna de las tres elecciones recientes, que son de gobernadora, de diputados locales y de Ayuntamientos, para conservar su registro.
Según el artículo 180 del “Reglamento para la Constitución, Registro y Liquidación de los Partidos Políticos Locales” el procedimiento de liquidación de los partidos políticos locales constan de tres fases: prevención, liquidación y adjudicación. En la fase de Prevención se deben tomar las providencias precautorias necesarias para proteger los bienes y recursos remanentes del partido a extinguir, los intereses y los derechos de orden público y se designa a un interventor, quien tendrá amplias facultades de administración y dominio de los bienes y recursos, por lo que cualquier gasto de ese partido en este proceso debe ser autorizado por él.
Esta etapa termina al día siguiente de que el Consejo General emita la declaratoria de cancelación o pérdida de registro del partido político local y se avanza a la siguiente etapa.
Al no cumplirse esto, en el caso de NAEM, el TEEM declaró parcialmente fundada la demanda del PAN y PRD, ya que el IEEM incumplió su obligación de iniciar el procedimiento de liquidación.
Sin embargo, determinó que no es viable extinguir los derechos y prerrogativas del partido, ya que no se ha emitido la declaratoria de pérdida de registro, al no haberse iniciado el proceso de liquidación.
En esta sesión, realizada la tarde de este miércoles, el TEEM también amonestó a varias ex candidaturas de distintos partidos políticos por faltas cometidas durante el proceso electoral. Declaró que la diputada federal del PAN, Teresa Castell, cometió una calumnia electoral al señalar a una persona de haber cometido un delito, por lo que fue amonestada públicamente y le ordenó una disculpa pública como medida resarcitoria.