La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) abre un procedimiento extraordinario de regularización ambiental para Plantas de Distribución de Gas L.P. y Estaciones de Servicio de gasolinas, diésel o Gas L.P.
Informa que estas empresas de servicio están inscritas en el Registro Nacional de Instalaciones de Gasolinas y Gas Licuado de Petróleo (RENAGAS).
En el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el programa es:
“Una vía extraordinaria, temporal y voluntaria para la regularización de sus obligaciones legales en materia de impacto ambiental” de estas instalaciones.
¿De dónde deriva realizar esta medida de regularización?
La medida de regularización deriva de un diagnóstico realizado a partir del RENAGAS, con el que la ASEA identifica que:
“Aproximadamente 60% de las instalaciones registradas no cuentan con una autorización de impacto ambiental, ya sea que nunca la obtuvieron o no se encuentra vigente o actualizada respecto de su operación actual”.
El documento precisa que el mecanismo “no crea nuevas obligaciones ambientales, no sustituye autorizaciones vigentes ni modifica los estándares técnicos aplicables”.
También se aclara que quedarán excluidos quienes proporcionen información falsa o representen riesgos significativos para la población o el medio ambiente.
¿Cuál es el objetivo de esta medida?
La ASEA subraya que el objetivo es reducir riesgos ambientales y ordenar autorizaciones históricas, sin sustituir el régimen ordinario de supervisión y sanción.
Asimismo, reitera que continuará ejerciendo sus atribuciones “con base en información verificable, criterios técnicos y un enfoque preventivo”.
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