La Pensión de Adultos Mayores que ofrece la Secretaría del Bienestar, con un monto de 6 mil 200 pesos bimestrales, se retirará el próximo año a los usuarios a quienes se detecten incumplimientos en las reglas del programa, duplicación de registro, inconsistencia de datos, entre otras causas.
En las reglas de operación del programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores existen tres clasificaciones que pueden hacer que los beneficiarios pierdan dicho apoyo económico, las cuales son la retención, suspensión y baja definitiva.
A continuación, te presentamos una lista con los motivos por los que podría realizarse el retiro de la pensión:
Motivos de retención, suspensión o baja definitiva
- Inconsistencia en los datos de identificación de la persona: Cuando se detecte falsedad en alguno de los documentos, usurpación de identidad o simplemente no haya coincidencia entre ellos.
- Posible duplicidad: Al detectarse un doble registro en el padrón.
- Inconsistencia en el medio de pago/ falta de presentación para recogerlo: Al no presentarse a recoger la tarjeta de Bienestar, ya sea el beneficiario o la persona que designó como auxiliar.
- No localización del beneficiario: Cuando en más de dos visitas domiciliarias consecutivas hechas por los servidores públicos de la Secretaría del Bienestar no se localice al beneficiario del programa ni a su persona auxiliar.
- Cobro simultáneo: Al identificar que el beneficiario realizó dos cobros de manera simultánea.
- Falta de cobro de dos pagos consecutivos: Si bien no es necesario realizar el cobro el mismo día del depósito, el no realizar el cobro tras dos bimestres de paga, puede ser motivo de baja.
- Defunción: Cuando se identifique el fallecimiento del beneficiario, ya sea por notificación de su persona auxiliar y/o se encuentre en el sistema a través de su CURP.
Continúa el registro para la Pensión de Adultos Mayores
El registro para obtener la Pensión de Adultos Mayores 2026 seguirá aceptando solicitudes hasta el 13 de diciembre de este año, para quienes tengan 65 años cumplidos en adelante, de acuerdo con la calendarización alfabética y en su respectivo módulo.
Los requisitos para obtenerla son:
- Tener 65 años cumplidos
- Ser mexicano o mexicana por nacimiento o naturalización con domicilio actual en la República Mexicana
- Acta de nacimiento
- Identificación oficial vigente: credencial para votar o del Inapam, pasaporte, cartilla militar, cédula profesional o carta de identidad
- CURP de impresión reciente
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses: teléfono, luz, gas, agua o predial
- Teléfono de contacto (celular y de casa)
Hasta ahora, 13 millones 232 mil 13 son derechohabientes de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores.
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