La diputada Fuensanta Guerrero, del PRI, presentó una iniciativa legislativa para atender la crisis de desapariciones en México, que ha acumulado más de 125 mil casos.
Durante su intervención, la legisladora subrayó que la mayoría de las desapariciones ocurrieron durante el sexenio del expresidente Andrés Manuel López Obrador. Por ello, consideró urgente atender el problema de forma estructural.
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Cambios en leyes para atender la crisis de desapariciones
La propuesta incluye reformas a la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas y a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, así como al Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Entre los puntos clave, se plantea brindar atención pronta y expedita a los casos denunciados. Además, se busca dotar a las colectivas de buscadoras de herramientas efectivas para encontrar a sus seres queridos.
La diputada también propone que, al establecer la presunción de delito, se consideren condiciones como: ser menor de edad, mujer, persona con discapacidad, persona adulta mayor, o formar parte de una comunidad indígena, afromexicana o LGBTTTIQ+.
Búsqueda con enfoque de derechos humanos
Otro eje fundamental de la iniciativa es que los protocolos de búsqueda se realicen bajo una perspectiva de género, niñez, juventud y derechos humanos.
De forma específica, la legisladora plantea modificaciones en cuatro artículos clave de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia:
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En los artículos 1 y 4, se propone reducir de seis meses a 90 días el plazo para emitir la declaración especial de ausencia tras iniciar el procedimiento.
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En el artículo 8, se sugiere acortar de tres meses a 30 días el tiempo para solicitar dicha declaración tras denunciar una desaparición.
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En el artículo 16, se plantea reducir de 15 a 3 días hábiles el plazo para que el órgano jurisdiccional dicte medidas provisionales.
Agilidad y sanciones para autoridades
Finalmente, la legisladora —quien también funge como secretaria de la Mesa Directiva— subrayó que la reforma contempla un plazo de no más de tres días hábiles para que el Ministerio Público, a solicitud de la víctima, remita la investigación.
También se plantea que se fijen responsabilidades y sanciones cuando existan indicios de omisión o negligencia de las autoridades.