Con la unanimidad de 448 votos, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de reformas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para establecer la responsabilidad de acoso sexual y hostigamiento de personas servidoras públicas.
El documento, turnado al Senado para sus efectos constitucionales, argumenta que el acoso sexual y el hostigamiento genera graves daños a la víctima, tanto a nivel individual como social y laboral.
Estas conductas violan derechos fundamentales, afectan la integridad física y psicológica, y generan un ambiente laboral hostil y perjudicial.
¿Cuáles son las modificaciones?
El artículo 64 Quáter de la citada ley señala que será responsable de acoso sexual la persona servidora pública que ejerza acciones, comportamientos, expresiones físicas o verbales, o cuestionamientos de tipo sexual, con el fin de causar perjuicio a una persona.
En tanto, el artículo 64 Quintus estipula que incurrirá en hostigamiento el servidor público que, valiéndose de su posición jerárquica, ejerza acciones, comportamientos, cuestionamientos, expresiones físicas o verbales reiteradas con fines sexuales, ofensivos o degradantes, para causar perjuicio a una persona bajo su subordinación.
Asimismo, destaca la importancia de asegurar la congruencia del entramado normativo que regula el comportamiento ético de los servidores públicos y particulares, dentro de las instituciones públicas.
Será una razón de despido en el servicio público
La diputada del Partido del Trabajo (PT), Lilia Aguilar Gil, promovente de la reforma, explicó que el dictamen busca específicamente establecer el hostigamiento y el acoso sexual laboral como una falta administrativa grave; es decir, que será una razón de despido en el servicio público.
Consideró que “los hostigadores pasaban de un trabajo en la función pública a otro y se volvía una práctica continua y constante”.
Indicó que el que se incluya el acoso y el hostigamiento como una falta administrativa grave que cause el despido, obliga a la inscripción en el Sistema Nacional de Servidores Públicos y que se encuentra sancionada en la Plataforma Digital Nacional.
Avalan sanciones contra la violencia mediante IA generativa
Por otra parte, el pleno también avaló por unanimidad de 442 votos, el dictamen que adiciona un quinto párrafo al artículo 20 Quáter a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de inteligencia artificial generativa.
Se establece que se sancionará toda conducta dolosa consistente en la generación total o parcial de imágenes, videos o audios de contenido sexual íntimo que simulen actos sexuales o representaciones de carácter pornográfico de una persona, sin su consentimiento, aprobación o autorización, mediante el uso de medios tecnológicos.
Asimismo, la divulgación, distribución, publicación o compartición de dicho material, aun cuando haya sido creado total o parcialmente mediante dichos medios.
El dictamen, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, destaca que la violencia en línea es una discriminación de género y violación de derechos humanos y se origina en los desequilibrios de poder, el patriarcado y la misoginia.
Enfatiza que la violencia digital genera graves daños psicológicos, físicos, sexuales y económicos, además de un efecto paralizador que impide su participación plena en la vida pública, con repercusiones sanitarias, sociales y económicas, aunado a que afecta el acceso a Internet, causa daños colectivos y favorece tecnologías con sesgo de género.
La tecnología no debe destruir libertad
Por su parte, la panista Annia Sarahí Gómez Cárdenas, promovente de la iniciativa, expuso que la inteligencia artificial generativa cuando se utiliza para fabricar imágenes falsas, para humillar, extorsionar o destruir reputaciones deja de ser innovación y se convierte en violencia.
Indicó que la generación y difusión de contenido íntimo simulado sin consentimiento es violencia, y debe tener consecuencias jurídicas claras.
“No estamos legislando contra la tecnología, sino a favor de la persona. La libertad no es ausencia de límites. El ejercicio responsable del propio actuar debe ser la libertad”, puntualizó.
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