El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el Decreto 3010, que expide la Ley para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista de Baja California Sur, publicada en el Periódico Oficial de la entidad, por falta de consulta específica.
No resulta una medida ajustada
La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, en representación de la Presidenta de la República, demandó de manera específica la invalidez de los artículos 3, fracción III, 9 y 14, fracción VI, de la referida ley para persona autista.
Consideró que el certificado de habilitación para favorecer la integración a la vida laboral de personas con condición del espectro autista, no resulta una medida ajustada a ese fin.
Señaló que el ejercicio de sus derechos a la obtención de un certificado de habilidad, sin que esa exigencia se solicite a las demás personas.
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Sin consulta a personas autista
La Corte indicó que en el proceso legislativo no se llevó a cabo una consulta específica a personas con esa condición en Baja California Sur.
Preciso que esa consulta lo dispone el artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
La totalidad del decreto
La SCJN determinó invalidar la totalidad del decreto.
Precisó que, surtirá sus efectos a los 12 meses siguientes de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso estatal.
Además, vinculó al legislativo local para que dentro de ese plazo cumpla con la consulta y se emita la legislación correspondiente.






