El fenómeno de la violencia política en razón de género (VPG) es discriminación y debe ser rechazada desde primera instancia, sin embargo, no debe ser trivializada, sino considerar que hay límites como la libertad de expresión y el manto jurídico protector a partir de cada contexto.
Al afirmar lo anterior, la magistrada electa Roselia Bustillo Marín, resumió:
“Pensar que todo lo que nos dicen a las mujeres es violencia política de género, es pensar que nosotras mismas nos estamos minimizando en la política. Se debe dar la importancia a la violencia política de género cuando realmente lo es”.
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Apertura de la mujer a la política hizo más presente la violencia de género
Durante la conferencia magistral La Violencia Política en Razón de Género, en las instalaciones del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, la magistrada electa alertó que esta práctica se hizo más presente cuando se dio una mayor apertura a la mujer en la política.
En este contexto, dijo que las mujeres que actúan en la vida pública y en la política están más abiertas al escrutinio público y las críticas deben analizarse en el contexto y a la luz de las normas, protocolos y las jurisprudencias de la autoridad jurisdiccional para determinar si hubo o no violencia política en razón de género.
“Nos corresponde a las mujeres no bajar el estándar de cuando realmente es violencia política. Una mujer tiene que hacer el doble o el triple de esfuerzo para mostrar que somos capaces, para mantener el estándar alto de que somos fuertes y que podemos contestar y, para ello, tenemos el derecho de réplica”, indicó Bustillo.
En su oportunidad, el magistrado Felipe de la Mata hizo referencia al criterio o jurisprudencia de la Sala Superior del TEPJF denominado “manto jurídico protector del periodista”, para garantizar el ejercicio de la libertad de expresión y de prensa de quienes ejercen este oficio ante los señalamientos de candidatos o partidos políticos.