Las comisiones unidas del Trabajo y de Estudios Legislativos del Senado de la República aprobaron por unanimidad una reforma que busca la regulación del trabajo en las plataformas digitales.
El dictamen se envió a la Mesa Directiva para su publicación en la Gaceta Parlamentaria para su discusión y, en su caso, aprobación en el pleno en la próxima sesión ordinaria.
Marath Bolaños, secretario del Trabajo, participó en la reunión de los senadores que conforman ambas comisiones, donde aseveró que la reforma beneficiará en principio a 658 mil personas que prestan su servicio como choferes en estas plataformas.
Impacto y beneficios de la reforma
Dijo que el impacto de la regulación del trabajo en las plataformas digitales será benéfico para una muy buena cantidad de cientos de miles de trabajadoras y trabajadores que desarrollan su actividad en plataformas digitales.
“Estamos convencidos, además, como ya se ha visto con la aprobación de esto en la Cámara de Diputados, que por los beneficios que tiene va a ser de apoyo unánime en el Senado de la República”, precisó.
El dictamen adiciona los artículos 49, 50, 127, un Capítulo IX Bis y un artículo 997-B a la Ley Federal del Trabajo y pretende que a los trabajadores se les deje de considerar independientes y tengan acceso a la seguridad social integral mediante el IMSS, incluyendo atención médica, pensiones y cobertura ante riesgos laborales.
Establece que las aportaciones al Infonavit les permitirán acceder a créditos para vivienda digna, laborar al menos 288 horas anuales, podrán participar en el reparto de utilidades.
Especifica que el salario en el trabajo en plataformas se fijará por tarea, servicio, obra o trabajo realizado, el cual contemplará el proporcional de día de descanso semanal, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y horas extras.
Además, garantiza la transparencia en los algoritmos utilizados por las plataformas, y respeta la flexibilidad del modelo, al permitir que las personas definan sus horarios y tareas, pero con la certeza de que estarán protegidas por la ley.
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El trabajo en plataformas digitales, relación laboral subordinada
El dictamen señala que habrá sanciones para los empleadores que no cumplan con las normas laborales, se clarifican las condiciones para la participación en beneficios y la gestión de contratos laborales.
Especifica que el trabajo en plataformas digitales es una relación laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas que requieran la presencia física de la persona para el servicio, las cuales son gestionadas por una persona física o moral en favor de terceros a través de una plataforma digital.
Indica que el trabajo en plataformas digitales será principalmente flexible y discontinuo, por lo que se entenderá que existe relación laboral durante el tiempo efectivamente laborado por la persona trabajadora de plataforma digital.







