La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) descartó atraer primeros amparos interpuestos por Grupo Elektra y TV Azteca, propiedad de Ricardo Salinas Pliego, que acumulan una deuda de más de 40 mil millones de pesos desde 2008.
Al no existir otra instancia a la que pueda recurrir en México, el empresario Ricardo Salinas deberá pagar esa cantidad.
Rechazan impedimento contra ministras
El pleno de la Corte inició con la discusión de los recursos interpuestos por Salinas Pliego y rechazó las medidas de impedimentos que interpuso contra las ministras Lenia Batres y Yasmín Esquivel para participar en el debate sobre su caso, por ser ilegales.
Y es que el empresario del Grupo Salinas argumentó que las ministras adelantaron sus criterios previo a la votación de los asuntos a discutir, pero el pleno de la SCJN lo rechazó.
Sin embargo, la petición de Salinas Pliego no prosperó, por lo que las dos ministras pudieron participar en la discusión de los litigios contra Salinas Pliego.
Fundado reclamo de Hacienda
La Corte avaló por unanimidad el proyecto del ministro Arístides Rodríguez, en el cual se determinó fundado en el reclamo 544/2024 presentado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
De esa forma, se revocó el acuerdo emitido por la exministra presidenta de la SCJN, Norma Piña, quien admitió a trámite el amparo directo en revisión 6321/2024.
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Grupo Salinas debe pagar
Durante la sesión pública de este jueves, los ministros desecharon el amparo directo en revisión 6321/2024, y quedó firme la sentencia del Tribunal colegiado que obliga a Grupo Elektra a pagar la cantidad de 33 mil 306 millones 476 mil 349 pesos.
Otros proyectos sin discusión del pleno de la Corte, cuatro fueron presentados por Yasmín Esquivel, en los cuales desecharon el amparo directo en revisión y confirma la obligación de pago de crédito fiscal de más de 2 mil millones de pesos del ejercicio 2008.
El amparo en revisión 5608/2025 por más de 2 mil millones de pesos, se trata de un recurso directo en revisión por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), actualización, recargos y multas por el ejercicio fiscal de 2010.
En este caso tampoco hubo discusión, solo el ministro Irving Espinosa propuso que no se deseche como propuso la ministra María Estela Ríos González, sino que el amparo debe quedar sin materia.
Otra sentencia queda firme
También por unanimidad, el pleno de la SCJN avaló desechar el recurso de revisión del amparo directo 5145/2025 y dejar firme la sentencia por mil 604 millones de pesos interpuestos a Grupo Elektra por ISR, actualización, recargos y multas correspondientes al ejercicio fiscal 2014.
Al respecto, el ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar, quien fue el ponente, explicó que Grupo Elektra reclamó que el artículo 24 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta era contrario al principio de seguridad jurídica.
Esto agregó, al dejar a la autoridad un margen de arbitrariedad y que el artículo 25 de esta misma legislación es inconstitucional, porque vulnera el principio de legalidad tributaria.
Imparcialidad frente a Grupo Salinas
En el primer proyecto aprobado, los ministros votaron a favor, en menos de cinco minutos y sin discusión, de rechazar la petición de Ricardo Salinas para impedir a Yasmín Esquivel, Lenia Batres y el ministro en retiro Alberto Pérez Dayán que pudieran discutir los litigios sobre sus casos.
El argumento que expuso el empresario fue que los ministros alineaban sus intereses con los del Ejecutivo federal, lo cual representaba pérdida de imparcialidad frente a Grupo Salinas.
Este proyecto señaló que Lenia Batres publicó opiniones sobre Grupo Salinas en sus redes sociales en 2020 y 2021, pero en ese periodo ella no tenía funciones jurisdiccionales.
Mientras, en 2025, hizo otra publicación, pero se limitaba a trasparentar el estado procesal de diversos asuntos sobre el empresario, por lo que el pleno consideró que estas declaraciones no constituyen “enemistad manifiesta”.
Alineados al Ejecutivo
Salinas Pliego acusó a la ministra Yasmín Esquivel de que ha “alineado sus intereses al Poder Ejecutivo”.
El proyecto señalaba que son sustentadas en información difundida por medios de comunicación, por lo que no constituyó como una fuente oficial ni pública.
En el caso del ministro en retiro Alberto Pérez Dayán, el proyecto avalado mencionó que es innecesario realizar el análisis de fondo sobre las causas de impedimento en razón a que él dejó de pertenecer a la SCJN.







