Ciudad de México, 23 oct. (AMEXI).- En fast track las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos del Senado aprobaron el dictamen de la iniciativa para la reforma que establece la supremacía constitucional.
De esta manera se podrá impedir cualquier recurso para impugnar reformas y adiciones por medio de las controversias constitucionales, la acción de inconstitucionalidad y el juicio de amparo.
Sin embargo, ante las críticas y advertencias de la oposición, Morena y sus aliados (PVEM y PT) retiraron del dictamen las modificaciones a los artículos 1, 105 y 107 constitucionales.
Mañana se discute dictamen en el Pleno del Senado
Mañana jueves el dictamen aprobado por 24 votos a favor y 10 en contra será discutido por el pleno legislativo.
Inicialmente el coordinador de Morena, Adán Augusto López prometió llevar al pleno dichas reformas hasta la próxima semana, pero informó que el PVEM presentó una petición para que incluya en el orden del día en la sesión de mañana jueves.
“Vamos a proponer que se celebre mañana –jueves- por la tarde-noche se realice la sesión”, indicó en entrevista.
Objetivo de la iniciativa no controvertir las adiciones o reformas a la Carta Magna
En la discusión del dictamen que busca reformar los artículos 105 y 107 de la Constitución Política para establecer que son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad, tendrá por objeto no controvertir las adiciones o reformas a la Carta Magna.
El proyecto que se analiza por los órganos legislativos que presiden Óscar Cantón Zetina y Enrique Inzunza Cázarez, también establece que no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución Política.
Con las modificaciones, se precisa en el dictamen, se busca clarificar “para quienes hoy estiman que una reforma constitucional es impugnable”, que el actual sistema constitucional mexicano no contempla esta posibilidad.
Se modifica iniciativa inicial
En el documento se destaca que se modificó la iniciativa inicial, por lo cual se omitió del dictamen la reforma que los proponentes habían planteado para modificar el artículo 1 de la Constitución Política, y la cual planteaba que:
“Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, pero que en ningún caso pueden ser inaplicadas por medio de control de convencionalidad”.
Lo anterior, con la finalidad de no desvirtuar la naturaleza jurídica y la aplicabilidad del sistema convencional de protección de derechos humanos. Además de que con las modificaciones a los artículos 105 y 107 se cumple con el objetivo del proyecto.
Innecesaria adición al artículo 103 constitucional
De la misma forma, en el proyecto se subraya que resulta innecesaria la adición al artículo 103 de la Constitución, que establecía que “quedan exceptuadas de lo dispuesto en las fracciones anteriores, las reformas y adiciones a esta Constitución, su forma, procedimiento y fondo, contra las que no cabe juicio o recurso alguno, en ningún caso”.
Juicio de amparo no procederá para controvertir las reformas
Se modificó el artículo 107 para establecer que el juicio de amparo no procederá para controvertir las reformas a la Constitución y tampoco para impugnar el proceso legislativo.







