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Se aplauden pasos para atender casos laborales dentro de TMEC

Son avances en la implementación de la reforma laboral

José Alfonso Bouzas Ortiz Por José Alfonso Bouzas Ortiz
5 de junio de 2024
En Neomilenio Laboral, Voz Laboral
Se aplauden pasos para atender casos laborales dentro de TMEC

AMEXI: Foto/STPS

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Ciudad de México, 5 jun (AMEXI).- El Convenio que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) firmó con las 32 entidades federativas, para atender de forma más efectiva las solicitudes que México reciba al amparo del Mecanismo de Respuesta Rápida dentro del Tratado entre Estados Unidos, México y Canadá (TMEC), son paros en la dirección correcta para tener un mejor modelo laboral.

A finales de mayo pasado, la Secretaría que encabeza Marath Baruch Bolaños, informó la firma del Convenio de Coordinación Institucional para atender de manera conjunta y coordinada las solicitudes de revisión presentadas por Estados Unidos o Canadá al Gobierno Mexicano, en el contexto del TEMC.

Antecedentes del Convenio

Los antecedentes y necesidad del convenio los encontramos en el hecho de que México se integra por 32 entidades autónomas en lo interno pero integrados para los temas comunes. Saldo de la geopolítica cambiante que tiene también que contemplar las nuevas realidades de la globalización.

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No es extraordinario que en un conflicto que trata sobre libertad y democracia sindical, respecto al que Estados Unidos y Canadá plantean la necesidad de gestionarlo en el Mecanismo de Respuesta Rápida, nos encontramos que existen conflictos de interés tanto de la empresa extranjera que opera en México como del país, de la entidad federativa del caso e incluso del municipio.

La virtud de los mecanismos de respuesta rápida es que se resuelven los conflictos en la medida que se supera la visión doméstica del conflicto.

En México, culturalmente al tiempo que se conformó el sistema de partidos con sindicatos integrados en ellos, al margen de la voluntad individual de los trabajadores, se dieron también estas prácticas y, en todo caso, confrontar la realidad con el exterior nos ayuda a mejorarla.

Estos temas no se revisaron con tal puntualidad a la firma del TMEC y por lo tanto, tampoco era previsible establecer cómo y quiénes serían los actores involucrados en estos procesos, y menos la posibilidad de que se plantearan soluciones contradictorias entre las diversas instancias de gobierno que por México podían llegar a intervenir.

El convenio resarce lo que faltó al firmar el TMEC

Con extraordinaria transparencia se establece el tema en el convenio en cuestión. Se explicita que no necesariamente la solución del conflicto será igual para los diversos niveles de poder y tenemos que pensar que también se evidencian intereses encontrados entre los de la federación y los gobiernos locales.

El convenio en cuestión pretende que el aparato de gobierno asuma las posiciones más adecuadas, recoja sus experiencias y establezca los mejores criterios para enfrentar los conflictos de trabajo.

Se da en el contexto del TMEC y seguramente nos llevará a modernizar conceptos que responden a un pasado que ya no existe y nos llevará también a enfrentar un presente que se construye.

Felicitaciones a las autoridades del trabajo, federales y locales de esencia modernas.

Etiquetas: mecanismo de respuesta rápidaMEXICOreforma laboralTMEC
José Alfonso Bouzas Ortiz

José Alfonso Bouzas Ortiz

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