Diputados del PAN plantean la iniciativa de deducir al 100% el Impuesto Sobre la Renta (ISR) en las colegiaturas desde el nivel básico hasta la educación superior en instituciones privadas, las cuales tengan autorización o reconocimiento de validez.
La diputada del PAN, Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, argumentó que miles de familias hacen un gran esfuerzo para integrar a sus hijos al sistema educativo privado y allegarles las mejores herramientas que ofrece el mercado.
Además, agregó, enfrentar la escasez de escuelas de tiempo completo que, en la educación inicial, preescolar y básica, es esencial para que las madres desarrollen una actividad laboral.
Cualesquiera que sean las razones por la que los padres optan por un sistema de educación privada, lo cierto es que la familia completa asume una carga impositiva irracionalmente gravosa, expresó.
“Todos los seres humanos nacemos iguales en dignidad y derechos, por lo que el Estado debe garantizarlos y protegerlos, como el de la educación”, afirmó.
Asimismo, indicó que hay quienes recurren a las escuelas privadas para atender condiciones neurológicas, discapacidad física o mental, y enfermedades de los educandos que no encuentran una respuesta en el contexto público.
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Deducir pagos por educación
Por ello, la legisladora panista presentó una iniciativa que adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y plantea que se podrán deducir pagos de contribuyente por la impartición de enseñanza básica, media superior y superior, en los términos de la Ley General de Educación.
La propuesta, turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, incluye los gastos en educación para sí, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, sus ascendientes o sus descendientes en línea recta.
Además, que hayan tenido por objeto cubrir, únicamente, los servicios correspondientes a los programas y planes de estudio autorizados para el nivel educativo de que se trate, como cuotas de inscripción o reinscripción.
Cheque normativo del contribuyente
La diputada del PAN explicó que dichos pagos deberán realizarse mediante cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
De esta forma, el contribuyente comprobará, mediante documentación que reúna requisitos fiscales, que las cantidades correspondientes fueron efectivamente pagadas en el año de calendario de que se trate a instituciones educativas privadas residentes en el país, detalló.
Precisó que en el comprobante fiscal las instituciones educativas deberán separar el monto que corresponda por concepto de enseñanza del alumno, de inscripción o reinscripción, en su caso, y que los pagos por servicios de enseñanza referidos en esta fracción serán deducibles al 100 por ciento.
Mencionó que el citado artículo de la ley del ISR no considera los pagos de servicios educativos privados como deducibles personales, pero sí para los gastos destinados a la transportación escolar.







