La diputada de Morena, Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, impulsa la iniciativa de reforma a la Ley del Seguro Social para corregir una omisión legal que deja en el desamparo a viudas e hijos, al reconocer derechos previamente adquiridos por el trabajador en vida.
Luego de que se conmemoró el Día Internacional de las Viudas, la legisladora morenista presentó su propuesta ante la Comisión Permanente del Congreso para que proteger a viudas e hijos del trabajador fallecido y no queden en el desamparo.
El Día Internacional de las Viudas fue establecida por la ONU para crear conciencia sobre su situación en el mundo y movilizar a la comunidad internacional a brindarles apoyo, al reconocer las dificultades que enfrentan tras la pérdida de sus cónyuges.
Proteger los derechos
La iniciativa de la diputada de Morena para reformar la fracción III del artículo 151 de la Ley del Seguro Social, tiene el objetivo de proteger los derechos de las familias de trabajadores fallecidos y no dejarlas en el desamparo.
La propuesta busca que en los casos en que un trabajador reingrese al régimen del IMSS luego de más de seis años de interrupción y fallezca antes de cumplir 52 semanas de cotización continua que exige la ley, se reconozcan las cotizaciones previas acumuladas en periodos anteriores.
Esto, siempre que con esas cotizaciones se hubiera generado el derecho a una pensión de viudez.
Requisitos de semanas adicionales
Mirna María de la Luz Rubio Sánchez subrayó que la muerte como causa de fuerza mayor no puede operar en perjuicio de quienes, de haber continuado con vida, habrían cumplido sin dificultad el requisito de semanas adicionales.
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Consideró inaceptable que el sistema de seguridad social condicione el acceso a una pensión únicamente a un nuevo periodo de aseguramiento, cuando el trabajador ya había generado ese derecho previamente.
La diputada de Morena recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha determinado la inconstitucionalidad de aplicar de manera rígida el artículo 151, fracción III, en casos donde el asegurado fallece antes de cumplir las semanas requeridas.
Vulnera derechos fundamentales
Dicha interpretación, dijo, “vulnera el derecho fundamental a la seguridad social y desconoce la expectativa legítima generada por las cotizaciones efectuadas en vida”.
Rubio Sánchez explicó que esta reforma tiene un fuerte impacto social, pues restituye un principio básico de equidad dentro del sistema de seguridad social.
Además, agregó que ofrece una respuesta concreta a cientos de familias que han sido injustamente excluidas del derecho a una pensión por el fallecimiento de un ser querido.
“No se trata de crear nuevos derechos ni de ampliar beneficios, sino de reconocer los que ya fueron generados por las y los trabajadores durante su vida laboral”, precisó.
No implica carga adicional
La diputada de Morena enfatizó que esta medida no implica una carga económica adicional para el Estado ni para el IMSS, ya que las pensiones que podrían derivarse se sostienen en aportaciones ya realizadas.
“Es una reforma de justicia normativa, que llena un vacío legal perfectamente identificado y que da cumplimiento a las obligaciones internacionales de México en materia de derechos humanos”, señaló.
Asimismo, destacó que el derecho a la seguridad social está protegido por la Constitución y diversos tratados internacionales ratificados por México, como:
- Declaración Universal de los Derechos Humanos
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Responde a principio de progresividad
En ese sentido, dijo, la iniciativa responde también al principio de progresividad de los derechos sociales y a la obligación del Estado de no adoptar medidas regresivas.
“La justicia social, núcleo del constitucionalismo mexicano, se ve fortalecida con esta medida, dotando de certeza jurídica a miles de familias mexicanas que hoy viven con incertidumbre ante la negativa del reconocimiento de derechos ya adquiridos por sus seres queridos fallecidos”, expresó.