El Instituto Nacional Electoral (INE) deberá entregar las constancias de mayoría a 15 juzgadores electos para el Poder Judicial, pese a que no cumplieron con el promedio académico de 8 en la licenciatura y 9 en la especialidad, maestría o doctorado.
Ello, luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó un acuerdo del INE en el que declaró la inelegibilidad de los juzgadores, al incumplir con el referido promedio académico y procedió a declarar la vacancia del cargo.
Por mayoría de votos, el pleno avaló la ponencia de su par Felipe Fuentes Barrera, que proponía revocar el acuerdo del INE.
La presidenta del TEPJF, Mónica Soto, y su par, Felipe de la Mata respaldaron el proyecto de Fuentes, mientras que los magistrados Reyes Rodríguez y Janine Otálora, se pronunciaron en contra.
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INE asumió una función que no le corresponde
Al argumentar su proyecto, Fuentes Barrera dijo que el INE asumió una función que no le corresponde, pues “fue más allá de verificar documentación”, además aplicó una metodología no prevista en la normativa vigente.
“El INE cumple un papel esencial en nuestra democracia, pero ese papel tiene límites definidos: no asumir funciones técnicas que la Constitución reserva a otros órganos, ni modificar las reglas una vez concluido el proceso electoral”, añadió el magistrado ponente.
Voto en contra
Contrario a ello, el magistrado Reyes Rodríguez, consideró que el INE sí tiene la facultad de revisar los requisitos de elegibilidad, no así el de idoneidad.
“No coincido con lo que acaba de explicar el magistrado Fuentes. Finalmente, el INE es un órgano técnico que puede revisar y hacer la función que llevó a cabo los Comités de Evaluación (de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial)”, argumentó.
Antecedentes
El pasado 26 de junio, el INE declaró la validez de los comicios de cada una de las seis elecciones del proceso judicial y procedió a entregar las constancias correspondientes a magistraturas y personas juzgadoras de Distrito, a partir del jueves 3 de julio.
Ello, tras realizar un segundo operativo de verificación de requisitos de elegibilidad de las candidaturas que obtuvieron el mayor número de votos.
Se verificaron un total de 847 expedientes de las candidaturas con mayor número de votos:
- 462 de personas electas para Magistraturas de Circuito
- 385 para juzgadoras de Distrito
Derivado de esta revisión, determinó que 45 candidaturas no cumplieron con el requisito de promedio general de calificación de cuando menos 8 y 9 en las materias relacionadas con el cargo en la licenciatura, así como en la especialidad, maestría o doctorado, por lo que se declaró las vacancias.
Durante la sesión pública, la Sala Superior del TEPJF abalizó las primeras 15 impugnaciones de las 45 que fueron presentadas por igual número de juzgadores, al inconformarse con la decisión del INE.
Las magistraturas de circuito y juzgados de distrito deberán tomar posesión de su cargo el próximo 1 de septiembre.