El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) entregó las últimas 19 constancias de mayoría a candidaturas a magistraturas y juzgadores de distrito que contendieron en la elección del pasado 1 de junio y que, entre otros, no alcanzaron los promedios escolares requeridos.
Ello, en acatamiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), tras los medios de impugnación que presentaron por las resoluciones adoptadas en el INE en materia de paridad de género e incumplimiento de promedio de 8 en licenciatura y 9 en materias de la especialidad.
Las candidaturas corresponden a los distritos judiciales 1, 2, 3, 4, 7, 9, 11, 14, 15, 18 y 22 de la Ciudad de México, Estado de México, Jalisco, Nuevo León, Veracruz, San Luis Potosí, Michoacán, Yucatán, Baja California, Morelos y Querétaro.
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Su elección no es menos legítima
En sesión extraordinaria, la consejera presidenta Guadalupe Taddei mencionó que acatar las sentencias del Tribunal Electoral no solo es un acto de respecto a la legalidad, sino una afirmación de los derechos fundamentales que sostienen el sistema democrático.
A los nuevos juzgadores, les dijo que las constancias de mayoría que reciben tienen el mismo valor jurídico y político, sin importar si fueron entregadas directamente tras el cómputo de votos o como resultado de una sentencia derivada de un medio de impugnación.
“Su elección no es menos legítima, ni menos válida, “al contrario, representa la fortaleza de nuestras instituciones para corregir, garantizar y proteger la voluntad ciudadana”, recalcó la consejera presidenta.
Los nuevos juzgadores rendirán protesta el próximo 1 de septiembre en el Senado de la República.
Inconsistencias en torno a promedios
El consejero Martín Faz resaltó que existen inconsistencias en torno al requisito de promedios académicos, lo que genera incertidumbre en las facultades que le corresponden al INE.
Señaló que tanto el promedio general de 8 en la licenciatura como el de 9 en materias de especialidad fueron tratados como requisitos de elegibilidad, lo que evidencia contradicciones en las resoluciones judiciales.
“Acato el acuerdo (del TEPJF) como obligación legal, pero no puedo avalar un acto que en su contenido y contexto ignora la Constitución al permitir que personas electas para ejercer cargos en el Poder Judicial asuman funciones sin haber cumplido los requisitos que la Carta Magna establece”, lanzó.
INE tiene “curiosa facultad”
La consejera Dania Ravel Cuevas estimó que, desde su perspectiva, el INE no tenía facultades para revisar nuevamente requisitos que supuestamente ya habían valorado los Comités de Evaluación de la elección judicial.
Sin embargo, dijo que “desde la perspectiva de la Sala Superior el INE tiene una curiosa facultad para revisar algunos requisitos sí y algunos requisitos no”.
Por ello, comentó que si bien no comparte la interpretación que la Sala Superior hizo sobre este tema –a pesar de que sistemáticamente he estado en desacuerdo con que se lleven a cabo la revisión de los requisitos de elegibilidad–, “desde luego que votaré a favor de los proyectos de acuerdo que se ponen a nuestra consideración, porque se tratan de un mandato”.
Reglas claras
Por otra parte, Ravel Cuevas consideró que las reglas de paridad no solo deben ser claras, previsibles y aplicadas con congruencia, sino fijarse antes de la elección judicial. ¿Es válido cambiar las reglas conocidos los resultados? Cuestionó.
Consideró que, si bien comparte el objetivo de garantizar una mayor representación de las mujeres en los cargos públicos, “ello no puede ni debe lograrse a costa de generar incertidumbre en los resultados electorales ni de alterar de manera retroactiva los parámetros con los que se condujo el proceso”.