Confederaciones globales reconocieron como un triunfo histórico el fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en el que se reconoce que el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) protege el derecho a huelga.
La Confederación Sindical de Trabajadores y Trabajadoras de las Américas (CSA) saludó este “fallo histórico” que reafirma “el derecho de huelga como pilar de la libertad sindical”.
Por su parte, la Confederación de Trabajadores y Trabajadoras de las Universidades de las Américas (CONTUA) reconoció esta decisión como “un triunfo que fortalece la justicia laboral”.
¿En qué consiste la decisión de la CIJ sobre el derecho a huelga?
La resolución 2026/01, aprobada por los jueces de la CIJ con 10 votos a favor y cuatro en contra, fue la conclusión de más de una década de desacuerdos entre gobiernos, empleadores y trabajadores sobre si el Convenio 87 protegía o no el derecho a huelga.
El máximo órgano judicial de las Naciones Unidas estableció que el derecho de huelga de los trabajadores está contenido en los artículos 2, 3 y 10 del Convenio 87, aunque no mencione explícitamente la palabra huelga.
“Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tendrán derecho a elaborar sus estatutos y reglamentos, a elegir a sus representantes con plena libertad, a organizar su administración y actividades y a formular sus programas… Las autoridades públicas se abstendrán de cualquier injerencia que restrinja este derecho o impida su ejercicio legítimo”, se lee en el artículo 3 del Convenio 87 de la OIT.
La CSA llama a los gobiernos a garantizar el derecho a huelga
Tras celebrar el fallo de la CIJ como una victoria de los trabajadores, aunque no sea vinculante ni para la OIT ni para los firmantes del convenio, la CSA destacó esta “opinión consultiva”.
En un comunicado, la confederación afirmó que la huelga constituye una herramienta esencial para que las trabajadoras y los trabajadores defiendan sus derechos, enfrenten desigualdades y exijan condiciones de trabajo decente.
“En un contexto internacional marcado por el avance de proyectos autoritarios, ataques a la libertad sindical, criminalización de la protesta social y profundización de las desigualdades, la reafirmación de este derecho adquiere una importancia aún mayor para los pueblos de América Latina y el Caribe”, enfatizó la CSA.
“La libertad sindical no es plena sin la huelga”: CONTUA
Para la CONTUA, que agrupa sindicatos universitarios del continente, el fallo de la CIJ “constituye un precedente de autoridad moral y jurídica, y envía un mensaje claro: la libertad sindical no es plena sin la huelga”.
“En América, los trabajadores enfrentamos una doble restricción: leyes que criminalizan la protesta en el sector público y un discurso patronal sobre la esencialidad del servicio educativo para vaciar nuestro derecho a huelga”, señaló la organización en su comunicado.
La confederación llamó a los gobiernos a ratificar el Convenio 87 y a garantizar “el cumplimiento estricto de las prerrogativas que contiene”.

En México, el derecho a huelga, bajo ataque
Para muchos trabajadores sindicalizados, la determinación de la CIJ llegó como un respiro ante una ola de sentencias de jueces laborales que, según organizaciones sindicales, limitan el derecho a huelga.
Como ejemplo, en febrero de 2025 el Sindicato de Trabajadores Administrativos y de Intendencia de la Universidad Autónoma Juárez de Tabasco (STAIUJAT) decidió no estallar la huelga luego de una declaratoria de inexistencia emitida antes de la fecha prevista.
En la Universidad de Sonora, los trabajadores realizaron una huelga de hecho tras una declaratoria de inexistencia previa a su estallamiento. En tanto, en el caso de la llantera Tornel, los trabajadores tuvieron que emplazar dos veces a huelga debido a que, en el primer intento, un juez declaró inexistente el movimiento antes de iniciar.
México participó en el proceso ante la CIJ: STPS
El gobierno mexicano, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), participó activamente en el procedimiento consultivo mediante escritos y audiencias orales ante la CIJ, informó la STPS en un comunicado.
De acuerdo con la dependencia, la postura del gobierno mexicano se apegó al marco jurídico nacional, que reconoce el derecho a huelga como una herramienta legítima y esencial para la defensa de los intereses de las personas trabajadoras.
“La STPS considera que esta opinión consultiva contribuirá a fortalecer el diálogo social y la protección de los derechos laborales, no sólo en México, sino en el ámbito internacional, al consolidar la centralidad de la libertad sindical como pilar del trabajo decente”, señaló la dependencia.






