La entrada en vigor de la nueva Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos abre la puerta a una transformación profunda en la forma en que se realizan las operaciones económicas en México, al facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para determinar los sectores estratégicos y actividades relevantes donde los pagos digitales podrán convertirse en la única forma de pago.
El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 4 de noviembre de 2026, establece en su artículo 13 que Hacienda será la autoridad encargada de identificar las actividades económicas en las que la aceptación de medios de pago digitales y electrónicos podrá ser obligatoria y exclusiva.
La disposición representa el primer marco legal que contempla expresamente la posibilidad de sustituir el efectivo en determinados sectores considerados estratégicos para la actividad económica, aunque el alcance de la medida dependerá de las definiciones que emita la propia dependencia.
Secretaría de Hacienda tendrá 15 días para definir sectores estratégicos
El artículo tercero transitorio establece que la SHCP contará con un plazo de 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor de la ley para determinar cuáles serán los sectores estratégicos y actividades relevantes en los que los pagos digitales podrán convertirse en la única modalidad de cobro.
Además, la legislación señala que Hacienda podrá ampliar posteriormente esa determinación en ejercicio de sus atribuciones.
Una vez publicada dicha definición, las autoridades competentes de cada sector también dispondrán de 15 días hábiles para emitir las reglas administrativas que establezcan condiciones, requisitos, obligaciones y mecanismos operativos para la recepción de pagos digitales como método exclusivo.
La ley prevé una transición gradual del efectivo a los medios digitales
El artículo 14 dispone que las autoridades sectoriales podrán establecer mecanismos y plazos específicos para una transición gradual de los pagos en efectivo hacia los pagos digitales y electrónicos.
Con ello, la legislación no plantea una sustitución inmediata del efectivo, sino la posibilidad de implementar procesos escalonados que permitan migrar determinadas operaciones económicas hacia herramientas electrónicas de pago.
Entre los medios reconocidos por la ley se encuentran los códigos QR, dispositivos NFC (Near Field Communication o Comunicación de Campo Cercano), tarjetas de débito y crédito, transferencias electrónicas, domiciliaciones y cualquier otra tecnología que autoricen las autoridades competentes.
Efectivo y cheques seguirán durante contingencias
La legislación también contempla excepciones.
De acuerdo con el artículo 15, cuando ocurra una contingencia que impida temporalmente la recepción de pagos digitales y electrónicos, los usuarios podrán realizar pagos mediante efectivo o cheque.
La norma define como contingencias aquellos eventos extraordinarios, imprevisibles o inevitables que afecten la continuidad o disponibilidad de la infraestructura tecnológica necesaria para procesar operaciones digitales.
No obstante, el artículo 16 aclara que esas contingencias no podrán utilizarse de manera permanente o recurrente para incumplir con las obligaciones establecidas en la ley.
Gobierno, banca y comercios impulsarán los pagos digitales
La nueva legislación establece una estrategia integral para acelerar la adopción de pagos digitales en el país.
Las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán aceptar estos medios para trámites y servicios públicos, habilitar infraestructura para su recepción y promover su uso entre la población.
Asimismo, el Banco de México podrá emitir regulaciones para homologar experiencias digitales, impulsar transferencias electrónicas, promover pagos mediante códigos QR y desarrollar infraestructuras que amplíen el acceso de la población a servicios financieros.
Por su parte, entidades financieras e instituciones de tecnología financiera deberán promover la inclusión financiera, difundir productos digitales y facilitar el otorgamiento de créditos y financiamientos mediante herramientas electrónicas.
CURP Digital y Expediente Digital Ciudadano
La ley también incorpora mecanismos para facilitar la contratación digital de servicios financieros.
Entre ellos destacan la CURP Digital, que podrá utilizarse como mecanismo de identificación para contratar servicios financieros de manera digital, y el Expediente Digital Ciudadano, que permitirá a las personas autorizar el uso y consulta de documentos e información para acceder a estos servicios.
Además, los documentos contenidos en dicho expediente tendrán los mismos efectos jurídicos que sus equivalentes físicos emitidos conforme a la legislación vigente.
La norma entró este 5 de noviembre y forma parte de la estrategia de digitalización impulsada por el gobierno federal para ampliar la inclusión financiera, simplificar trámites y fomentar el uso de medios electrónicos en la economía



