El pleno de la Cámara de Diputados de Oaxaca, aprobó con 39 votos a favor la ley Menstrual y determinó sanciones a quien no la acate, porque la norma es general y ataña el sector público como privado.
La reforma a la ley del servicio civil para los empleados del Gobierno estatal y municipal aplica principalmente en el ámbito local y gubernamental, permitiendo hasta de 2 a 4 días al mes con goce de sueldo para personas diagnosticadas con dismenorrea incapacitante.
La referida reforma promovida por la diputada Dennis Garcia Gutierrez del grupo parlamentario de Morena, busca atender una problemática de salud pública, expuesta por colectivos de mujeres que exigen reconocer las condiciones medicas históricamente invisibilizadas.
Con la reforma al artículo 21 Quáter de la citada ley, determinada procedente por la Comisión Permanente de Trabajo y Seguridad Social, se otorgarán dos a 4 días de permiso a las trabajadoras que presenten un diagnóstico de endometriosis o patologías uterinas que causen dismenorrea primaria o secundaria.
Este padecimiento deberá ser avalado por una constancia medica
Este padecimiento deberá ser avalado por una constancia o certificado médico de una institución pública o privada de salud.
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La medida contempla que, cuando la constancia o el certificado médico sean expedidos por una institución privada de salud, deberán contener el nombre y número de cédula profesional del personal médico que lo expida, la fecha de emisión y la descripción del estado de salud de la persona trabajadora.
Además, se deberá manifestar la imposibilidad material o justificada para acudir a una institución pública de salud.
El órgano legislativo indicó que la disposición no representa una afectación desproporcionada para los centros de trabajo, toda vez que el permiso se limita a dos días y requiere de acreditación médica previa.
Habrá sanciones y multas a quienes no acaten esta disposición legal
Por el contrario, constituye una acción razonable orientada a garantizar condiciones mínimas de bienestar físico y emocional para las personas que enfrentan padecimientos ginecológicos incapacitantes.
La propuesta se sujeta al marco constitucional vigente, particularmente a los artículos 1° y 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconocen el derecho a la igualdad, a la no discriminación y a la protección de la salud, en armonía con el principio de progresividad de los derechos humanos.
En la misma adecuación se determinaron sanciones y multas a quienes no acaten esta disposición legal a favor de las mujeres.
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En el caso de que los infractores sean servidores públicos podrían ser sujetos de amonestaciones y hasta despidos.
Oaxaca será la oactava entidad federativa en aprobar la Ley de Menstruación
Hasta el momento esta ley está vigente en la CDMX y en los estados Colima, Hidalgo, Nuevo León, Tamaulipas, Quintana Roo y Campeche.






