Por fin el fabricar, almacenar o arrojar ponchallantas en el estado de Sinaloa, se sancionará con una pena de tres a diez años de prisión, para disminuir los asaltos en carreteras, así lo informó el Congreso del Estado al aprobar la tipificación de su uso como delito.
En este sentido, el pleno del Congreso aprobó la medida que modifica el artículo 264 bis del Código Penal de Sinaloa en el cual se adicionará una multa de cien a quinientos días a quienes coloquen o arrojen objetos punzocortantes en vías de comunicación, así como su decomiso.
La sentencia para quien o quienes resulten culpables del delito podría acrecentarse hasta en una mitad si se utilizan a menores para perpetrar el uso de ponchallantas, de igual forma aplicará para los servidores públicos en funciones, o que se hayan desempeñado en la administración pública en los últimos cinco años.
Asimismo, la legislación incluira a los fabricantes y distribuidores de objetos utilizados como ponchallantas con el fin evitar la impunidad en la entidad, ya que “no se debe permitir que las carreteras sean escenario de violencia o de extorsión”, expresó la presidenta de la Mesa Directiva del Congreso, Yeraldine Bonilla Valverde.
Los objetos considerados como ponchallantas son: abrojos, erizos, estrellas metálicas, varillas o cualquier objeto fabricado con acero o algún metal pesado que se puedan utilizar para provocar accidentes en carreteras, calles o caminos rurales, facilitar la huida de grupos criminales o la evasión de operativos.
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📄 El Congreso da lectura a dictamen que tipifica como delito el uso de ponchallantas.
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— Congreso del Estado de Sinaloa (@congresosinaloa) June 10, 2025