Ciudad de México, 29 jul. (AMEXI).- A las 11:30 horas de este martes 30 de julio, tiempo de México, se llevará a cabo la audiencia inicial de Joaquín Guzmán López, “El Güero Moreno”, hijo del narcotraficante Joaquín «El Chapo» Guzmán.
La sesión está programada en una Corte de Distrito de Chicago, donde se presentó la acusación por parte del Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés) de Estados Unidos y se autorizó la orden de detención.
En la audiencia inicial, Guzmán López será informado de los cargos por los cuales se autorizó su detención, relacionados con pertenecer a una empresa criminal continua, narcotráfico, lavado de dinero, posesión de armas y crímenes violentos con armas de fuego.
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El hijo de Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera escuchará los cargos. Él tendrá la palabra para declararse inocente o culpable, así como parar solicitar un plazo para presentar pruebas a su favor o solicitar la protección del gobierno de Estados Unidos para ser testigo protegido.
Podrían desconocerse los motivos por los cuales se entregó
En caso de solicitar la protección, se desconocerán los motivos y detalles por los cuales se entregó, así como los acuerdos posibles con autoridades norteamericanas para hacerlo. Tampoco se hará público si engañó y trasladó contra su voluntad a Ismael “El Mayo” Zambada.
De acuerdo con el expediente 1:09-cr-00383 radicado en la Corte para el Distrito Norte de Illinois, en la misma acusación están sus hermanos Iván Archivaldo Guzmán Salazar “El Chapito; Jesús Alfredo Guzmán Salazar, “Alfredillo”; así como Ovidio Guzmán López, quien se declaró inocente y hasta el momento se desconoce su paradero al obtener un cambio de medida cautelar.
Ovidio Guzmán se declaró inocente de estos cargos en septiembre pasado y está sujeto a proceso, pero el Buró Federal de Prisiones de Estados Unidos reporta que fue liberado.
De acuerdo con la acusación, Joaquín Guzmán López, conocido como “El Güero”, “El Güero Moreno” y “Moreno” “usó y portó a sabiendas e intencionalmente un arma de fuego, durante y en relación con uno o más delitos de tráfico de drogas, a saber, los delitos imputados en Primer Cargo de esta Acusación Sustitutiva.
Y lo hizo a sabiendas e intencionalmente poseer un arma de fuego para promover dichos delitos de tráfico de drogas, uno o más de los cuales se blandieron y dispararon armas de fuego y una o más de las cuales eran armas de fuego Ametralladora; En violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 924(c)”.









