La Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el inicio de tres procedimientos especiales sancionadores y dictó medidas de tutela preventiva por la difusión de los llamados “acordeones”, que podrían afectar la equidad en la elección judicial local en curso.
Durante su Décima Primera Sesión Urgente, resolvió diversos asuntos vinculados con posibles infracciones a la normativa electoral cometidas durante la contienda mediante en la cual se elegirá a ministros, magistrados y jueces.
Las denuncias
Dos de los procedimientos especiales sancionadores derivaron de sendas quejas, mientras que el tercero se determinó iniciar de manera oficiosa, a partir del monitoreo realizado por la Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión, que permitió advertir la posible difusión coordinada de materiales de propaganda electoral no permitida.
Los tres asuntos están relacionados con la presunta elaboración y circulación de materiales conocidos como “acordeones”, que contienen listados de personas candidatas y sus respectivos números de identificación en la boleta electoral.
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Distribución de los materiales
De acuerdo con las consejerías, los materiales o listados presuntamente han sido distribuidos a través de aplicaciones de mensajería, redes sociales y sitios web, lo que podría constituir una forma sistemática de promoción indebida y alterar las condiciones de equidad en la contienda.
Por ello, resolvió dictar medidas de tutela preventiva oficiosa, al advertirse un riesgo cierto, actual e inminente de afectación al principio de equidad.
¿En qué consisten las medidas de tutela preventiva?
Las medidas de tutela preventiva consisten en:
- Exhortar a las personas candidatas a abstenerse de promover, reproducir o difundir, por sí o por interpósita persona, materiales como los denominados “acordeones”, o cualquier otro que contenga listados de candidaturas con el objetivo de inducir el voto.
- Exhortar a personas físicas o morales, incluidos colectivos, agrupaciones, simpatizantes o cualquier otro ente diverso a las candidaturas, a abstenerse de continuar con la elaboración o difusión de dichos materiales.
- Exhortar a quienes eventualmente pretendan elaborar o difundir materiales similares, a que se abstengan de hacerlo durante el periodo de reflexión y la jornada electoral.
Libertad de expresión
Respecto de los medios de comunicación, el IECM reconoció el derecho a la libertad de expresión en el ejercicio periodístico y el manto protector del cual gozan.
Sin embargo, exhortó a los medios de comunicación a evitar la reproducción directa del contenido de los listados o “acordeones”, particularmente cuando ello pueda tener el efecto de visibilizar candidaturas específicas o inducir el voto a su favor.
Las medidas que se dictaron son con efectos preventivos y no prejuzgan sobre la existencia de responsabilidad alguna, sino que buscan preservar los principios rectores del proceso electoral, en particular la equidad.
Ello, dado que a partir de este jueves inició el periodo de veda electoral, en el que no puede difundirse ningún tipo de propaganda a favor de las candidaturas.
Finalmente, la Comisión acordó reservar el pronunciamiento respecto de una queja, a fin de continuar con su análisis y determinar lo que en derecho corresponda en el momento procesal oportuno.