La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las indemnizaciones de carácter civil por causas de muerte deberán pagarse en Unidad de Medida de Actualización (UMA) y no en salarios mínimos.
Mientras para las víctimas de accidentes viales y negligencias médicas, la resolución a la propuesta de la ministra Lenia Batres Guadarrama sólo beneficiará a las instituciones del Estado y a las empresas aseguradoras, para los representantes de la máxima autoridad judicial, era necesaria una nueva jurisprudencia ante la contradicción de criterios de las extintas Salas de la Corte.
Este martes 14 de febrero, por unanimidad, el Pleno de la SCJN avaló el proyecto de la ministra Batres Guadarrama, al considerar que existe una contradicción de criterios entre salas de la SCJN sobre el artículo 1915 del Código Civil.
¿Cuál fue el argumento de Lenia Batres?
La ministra dijo que resolver en un sentido distinto implicaría un riesgo directo para el patrimonio de las instituciones, entre ellas los institutos Mexicano del Seguro Social (IMSS) y de Seguridad y Servicios Sociales de Trabajadores del Estado (ISSSTE), Petróleos Mexicanos (Pemex), la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y aseguradoras que pagan responsabilidades de este tipo.
“Por poner un ejemplo, el IMSS reportó que, si durante 2025 hubiera tenido que pagar indemnizaciones de carácter civil tomando como base el salario mínimo, se habrían tenido que incrementar las cantidades pagadas en 146%, pasando de 75 millones 910 mil pesos a 187 millones 57 mil 702 pesos”, expresó.
En tanto, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, indicó que cuando se debatió esta reforma constitucional, entre 2014 y 2015, se expuso que el salario mínimo había perdido 80% de su poder adquisitivo y que no aumentaba el salario mínimo para evitar la inflación, por lo que se indexó.
“Si ahora lo volvemos a indexar, pues lo que va a ocurrir es que lo que pasó en los años anteriores, lo que ocurrió en el pasado, otra vez se va a tener que estacionar para evitar que haya inflación y otra vez el trabajador en activo, pues vamos a tener estos escenarios que ya vivimos en el pasado.
Entonces, yo creo que la razón principal que llevó al constituyente a desindexar es esta, la de darle al salario su verdadera razón, hacer que cumpla el fin constitucional establecido en el artículo 123, apartado A, que está en la fracción sexta”, especificó.
Hasta ahora, las familias que recibían millones de pesos por la muerte de un ser querido asegurado verán reducidos drásticamente sus montos, mientras aseguradoras y responsables civiles tendrían un ahorro millonario.
¿Justicia constitucional o retroceso para las víctimas?
En casos de responsabilidad civil por muerte, la indemnización por lucro cesante o pérdida de ingresos futuros se calculaba multiplicando un factor, el cuádruplo del salario mínimo diario, por el número de días establecido en la Ley Federal del Trabajo, a menudo miles de días.
La reforma constitucional de 2016 prohibió usar el salario mínimo como índice para fines no laborales y se creó la UMA para multas y otras referencias. Ahora, con la propuesta aprobada de Lenia Batres -que había sido aplazada tres veces- se alinea la norma con esa prohibición.
¿En qué casos aplica exactamente este cambio?
Se trata de indemnizaciones civiles por responsabilidad extracontractual, es decir, cuando una persona o empresa causa la muerte de otra por acto ilícito como atropellamiento por un conductor imprudente, accidente automovilístico donde mueren terceros, pasajeros o peatones, o la muerte de un paciente en un hospital por negligencia médica probada en juicio.
No se refiere a pensiones laborales del IMSS ni a reparación del daño en procesos penales, sino exclusivamente a demandas civiles donde los deudos exigen compensación económica por la pérdida de la capacidad productiva del fallecido.
En estos escenarios, los jueces determinaban el monto con base en el salario mínimo vigente en la zona.
A partir del 1 de febrero pasado, el valor diario de la UMA es de 117.31 pesos, mientras que el valor diario del salario mínimo está en 315.04 pesos y en 440.87 pesos en la zona de la frontera.
Se reducirán en hasta 70% los pagos
De acuerdo con los expertos, la diferencia no es menor, ya que una indemnización típica por muerte podría pasar de más de un millón de pesos a menos de 400 mil.
La UMA es un índice administrativo creado para actualizar multas y no guarda relación con el poder adquisitivo real ni con la capacidad de generar ingresos de una persona.
Al usarla de referencia, se reducirá en hasta 70% los pagos, dejando a viudas, hijos y padres en mayor vulnerabilidad económica tras perder al sostén familiar.
En tanto defensores del proyecto argumentan que se cumple con la Constitución al evitar “indexar” obligaciones civiles al salario mínimo, cuya finalidad es proteger el trabajo y no servir de referencia para deudas ajenas, organizaciones de derechos humanos afirman que esto viola el principio de reparación integral del daño.
Empresas de transporte, constructoras y hospitales también enfrentarían menor presión económica al indemnizar por muertes causadas por negligencia. No obstante, críticos señalan que esto podría desincentivar la prevención de accidentes, al reducir el costo de la responsabilidad.
El cambio no sólo afecta bolsillos individuales: impacta la economía de seguros, el acceso a la justicia y la percepción de equidad en un país donde los accidentes viales y la mala praxis médica cobran miles de vidas al año.
Familias de bajos ingresos, que más dependen de estas indemnizaciones, serían las más perjudicadas.
¿Qué dicen los expertos?
La abogada especializada en responsabilidad civil, María Elena Pérez, de la Asociación de Víctimas de Accidentes Viales, dijo que este cambio no sólo es numérico, sino un retroceso en la reparación integral.
“Las familias ya sufren la pérdida; ahora también perderán la posibilidad de una vida digna. La UMA no refleja el valor real del trabajo ni el costo de la vida en México”, expuso.
A su vez, el constitucionalista y profesor de la UNAM, Javier Martín, defendió la propuesta y la Constitución Política del país:
“La Constitución es clara: el salario mínimo no puede usarse para fines ajenos a lo laboral. La SCJN debe priorizar la legalidad constitucional sobre consideraciones emocionales. Usar la UMA garantiza proporcionalidad y evita distorsiones”, precisó.
Para la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), “desde la perspectiva aseguradora, el uso de la UMA alinearía los cálculos con la realidad económica y permitiría ofrecer coberturas más accesibles.
Sin embargo, aclaró, reconocemos la necesidad de equilibrar esto con una verdadera justicia para las víctimas.
Expertos en Derecho Civil coinciden en que el fallo podría sentar jurisprudencia obligatoria en todo el país, afectando códigos civiles locales y federales.






