El Instituto Nacional Electoral (INE) deberá entregar la constancia de mayoría a 12 candidaturas ganadoras a diversos cargos del Poder Judicial de la Federación (PJF), determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Ello, tras revocar por mayoría de votos los acuerdos del Consejo General del INE, que declararon la inelegibilidad de dichas candidaturas.
En sesión pública, la Sala Superior del TEPJF consideró que el INE carece de atribuciones para valorar el cumplimiento del requisito de promedio mínimo de 9 en las materias relacionadas con la especialidad del cargo al que se aspira.
No pueden modificar reglas del juego
La Sala Superior sostiene que el Consejo General del INE puede verificar, apegados al texto constitucional, el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de las candidaturas en el momento de la asignación de cargos.
Sin embargo, dicha facultad no es absoluta, ya que solo puede revisar los requerimientos objetivos que no necesitan una valoración técnica, como podría ser la nacionalidad, residencia y edad.
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INE carece de atribuciones para revisar requisitos
Por tanto, reiteró que el INE carece de atribuciones para revisar requisitos con base en una metodología propia y creada con posterioridad a la jornada electoral, dado que dicha valoración fue delegada al Comité de Evaluación.
“Este es en realidad un debate sobre certeza y legalidad, sobre si es válido cambiar las reglas del juego una vez que la ciudadanía ya emitió su voto”, argumentó la magistrada presidenta Mónica Soto.
Con ello, suman ya 27 las candidaturas a las que el INE les deberá devolver su triunfo, tras la pasada elección del 1 de junio, aun cuando no cumplen con el promedio marcado por la Constitución de 8 para la licenciatura en Derecho y en este caso, de 9 para la especialidad.
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