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Transexual gana litigio; juez ordena a Registro Civil de Tamaulipas emitir nueva acta de nacimiento

Redacción Amexi Por Redacción Amexi
17 de marzo de 2024
En Nacional
Transexual gana litigio; juez ordena a Registro Civil de Tamaulipas emitir nueva acta de nacimiento
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Ciudad de México, 17 mar. (AMEXI).- El Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas ordenó a las autoridades del Registro Civil de Reynosa emitir una nueva acta de nacimiento a un quejoso, luego de que un oficial del Registro Civil se negó a realizar las adecuaciones de identidad y preferencia sexual solicitadas por una persona transexual.

En el juicio de amparo indirecto 2436/2023, el juez Juan Fernando Alvarado López concedió la suspensión definitiva e instruyó a las autoridades competentes a realizar la adecuación del acta de nacimiento solicitada, sin alterar su filiación, pero reconociendo como mujer a la parte quejosa, quien demandó ser identificada con un nuevo nombre.

La determinación del juez se sustenta en el artículo 4° constitucional, que establece que toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento, además en la responsabilidad que tiene el Estado de garantizar el cumplimiento de estos derechos, y las autoridades competentes a expedir una copia certificada del acta de registro de nacimiento.

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Los antecedentes del caso

En 2023, un ciudadano acudió ante el Registro Civil de Reynosa para solicitar la reasignación de un nombre que lo identificara sexualmente como mujer; sin embargo, las autoridades le argumentaron que la cancelación o modificación de un acta de estado civil sólo procedía si lo ordenaba un procedimiento ante el Poder Judicial, de acuerdo con el artículo 51 del Código Civil Vigente del Estado de Tamaulipas.

Un juez federal concedió la suspensión definitiva a la persona quejosa e instruyó a las autoridades competentes a realizar la adecuación del acta de nacimiento solicitada, sin alterar su filiación, pero reconociendo como mujer y a ser identificada con un nuevo nombre.

Fue entonces que el quejoso interpuso el juicio de amparo.

La resolución

Al analizar la demanda de amparo, el juez Alvarado López determinó que, al otorgarse la medida de suspensional solicitada, no se contravendrían disposiciones de orden público, ni se causaría perjuicio al interés social.

El juzgador señaló que en este juicio debía llevarse a cabo un análisis ponderado del caso concreto, bajo la apariencia del buen derecho.

La concesión de la medida se basó en precedentes de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que establece que el sentido y alcance del derecho humano al nombre, es un elemento básico e indispensable de la identidad de cada persona, sin el cual no podría ser reconocida por la sociedad, además de que no puede existir algún tipo de restricción ilegal o ilegítima al derecho ni interferencia en la decisión.

Abundó que se ha establecido que la reasignación sexo-genérica por conducto de la vía administrativa registral, reconoce el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad, por lo que, de no reconocerse así, existe una evidente inconstitucionalidad.

Desde 2008, la doctrina jurisprudencial del Poder Judicial de la Federación (PJF) ha pugnado por el reconocimiento legal de la identidad de género de las personas transexuales, y ha definido los límites de la libertad de expresión para que no sea utilizada como argumento de discursos discriminatorios o de odio.

El juez de Distrito tomó como base para esta resolución, lo estipulado en el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Orientación Sexual, Identidad y Expresión de Género y Características Sexuales, emitido por el máximo tribunal del país.

Por lo anterior, puntualizó el juzgador, se resuelve con una consciencia social en favor de la tolerancia hacia el respeto y protección de la diversidad sexual y de género, dado que la persona que acude al amparo es transexual.

Etiquetas: acta de nacimientoamparodiscrminacióngéneroidentidadJudicaturaodioRegistro CivilTamaulipastransexual

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