La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados iniciará el análisis de la iniciativa de reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de incluir como medida cautelar la separación inmediata del agresor del domicilio conyugal, en caso de violencia familiar.
El diputado de Morena Leoncio Alfonso Morán Sánchez presentó la reforma al artículo 155 de dicho ordenamiento con la que plantea incluir la desocupación inmediata y obligatoria del domicilio conyugal, o familiar, por parte del imputado en casos de violencia familiar o de género.
Ello, con independencia de la acreditación de la propiedad o posesión del inmueble, y se podrá contar con auxilio de la fuerza pública si fuese necesario.
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Vacíos en la norma vigente
Reconoció que, a pesar de los avances legislativos, la normativa vigente aún presenta vacíos que perpetúan la violencia, que en México constituye una problemática de grave impacto jurídico, una crisis social que ha cobrado la vida y seguridad de miles de mujeres, niñas, niños y adolescentes, que enfrentan obstáculos para acceder a medidas efectivas y oportunas que garanticen su seguridad.
En la exposición de motivos, reconoció que se busca garantizar la protección efectiva de mujeres, niñas, niños y adolescentes que sufren estas violencias.
Agregó que el marco jurídico actual prevé medidas para la seguridad de las víctimas y el correcto desarrollo del proceso, pero no establece con suficiente claridad la obligatoriedad de la salida inmediata del agresor del domicilio y permite que permanezca ahí hasta acreditar su responsabilidad.
Está situación coloca a la víctima en vulnerabilidad extrema, exponiéndole a un riesgo considerablemente alto de feminicidio y violencia letal.
Se busca la inmediata intervención de las autoridades
Por ello, consideró necesario modificar los procedimientos para que la intervención de la autoridad sea inmediata, sin necesidad de procesos largos o pruebas que posterguen la protección de la víctima, y sentar las bases de un modelo de protección integral que priorice el bienestar de las personas afectadas.
La reforma pretende transformar la normativa para que ninguna mujer, niña, niño o adolescente tenga que huir de su hogar para estar a salvo, pues su seguridad “debe ser prioridad absoluta en la impartición de justicia, no una opción sujeta a criterios discrecionales de las autoridades judiciales”.