El 5 de febrero de conmemora el 108 aniversario de la promulgación de la Constitución de México de 1917, fecha de descanso obligatorio que se recorre al primer lunes del mes para que los mexicanos gocen de tres días de “puente” para promover el turismo, motivo por el cual los bancos suspenden sus operaciones este lunes 3 de febrero.
Así, este será el primer fin de semana largo del año, periodos de descanso establecidos en 2006 que también tienen como objetivo que los trabajadores celebren, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas.
Entonces, ¿abren los bancos el lunes 3 de febrero?
La Asociación de Bancos de México (ABM) informó que las instituciones bancarias suspenderán sus operaciones al público este lunes 3 de febrero, con motivo del aniversario de la promulgación de la Constitución, de acuerdo con la disposición de carácter general que establece los días inhábiles en el sector financiero.
Precisó que los bancos que ofrecen sus servicios dentro de almacenes comerciales y supermercados abrirán al público este día, en los horarios tradicionales, no obstante que es un día festivo.
La ABM recordó a los clientes de la banca que tienen a su disposición más de 64 mil cajeros automáticos y 56 mil 900 corresponsales bancarios; así como la banca digital, electrónica y telefónica, que operan las 24 horas del día, los 365 días del año.
En caso de que la fecha límite de un pago corresponda a un día inhábil, el pago podrá efectuarse al día hábil siguiente, de acuerdo con lo que establece la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Días de descanso obligatorios en 2025
Estos son los días en que los bancos y otras instituciones financieras deberán cerrar sus puertas, así como suspender operaciones y la prestación de servicios al público en la República Mexicana.
- 1 de enero (Año Nuevo)
- Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Aniversario de la Constitución)
- Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
- 17 y 18 de abril (Jueves y Viernes Santo)
- 1 de mayo (Día del Trabajo)
- 16 de septiembre (Independencia de México)
- 2 de noviembre (Día de Muertos)
- Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Aniversario de la Revolución mexicana)
- 12 de diciembre (Día del Empleado Bancario)
- 25 de diciembre (Navidad)
- Los sábados y domingos
Pago triple por feriados
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), sólo son siete los días feriados en los cuales los patrones deben pagar en total tres días de salario a los empleados que laboren en estas fechas, uno de los cuales es la celebración del aniversario de la promulgación de la Constitución.
Estos días son el 1 de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1 de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y el diciembre.
De esta manera, el patrón debe pagar a los trabajadores el salario que le corresponda por el día de descanso obligatorio, más un salario doble adicional por el servicio prestado durante el día feriado, de conformidad al segundo párrafo del Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.
Esto significa que el trabajador deberá recibir como pago tres días de salario si labora los días de descanso obligatorio.