Tribunal ordenó excluirlas; INE establece procedimiento
El Instituto Nacional Electoral (INE) excluirá las boletas sin doblez materialmente necesario para introducirlas en las urnas de los cómputos electorales de 2027. La medida deriva de una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que modificó los criterios para determinar qué papeletas pueden incorporarse a los resultados.
En cumplimiento de esa resolución, el Consejo General del INE aprobó el 5 de noviembre cambios a los lineamientos para la preparación y desarrollo de los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal. Las disposiciones también comprenden los procesos electorales locales correspondientes y establecen cómo identificar, documentar y conservar estas boletas.
Las papeletas que carezcan de las marcas de doblez materialmente necesarias no se incorporarán a la sumatoria ni se clasificarán como votos válidos o nulos. Su tratamiento será independiente de la votación computada.
La sentencia del TEPJF sobre las boletas sin doblez
La Sala Superior del TEPJF resolvió el 7 de octubre, por unanimidad, los recursos acumulados en el expediente SUP-JDC-473/2026 y otros. La sentencia revocó parcialmente los lineamientos que el INE había aprobado previamente y ordenó ajustar el procedimiento.
El Tribunal determinó que una boleta sin las marcas de doblez materialmente necesarias para introducirla en la urna no puede vincularse objetivamente con un sufragio efectivamente emitido. Por esa razón, no debe producir efectos en el resultado electoral.
La resolución tomó como referencia la secuencia prevista en la legislación: recibir la boleta, marcarla, doblarla y depositarla en la urna correspondiente. La ausencia de los dobleces indispensables impide acreditar materialmente que la papeleta siguió ese procedimiento.
Cómo se identificarán las boletas sin doblez
El criterio no depende de la intensidad de un pliegue ni de una apreciación subjetiva sobre la apariencia de la papeleta. La revisión debe considerar las dimensiones de la boleta y de la abertura de la urna para establecer si era materialmente necesario doblarla.
En las casillas, la mesa directiva tendrá la responsabilidad ordinaria de identificar estas papeletas durante el escrutinio y cómputo. El hallazgo y la cantidad deberán asentarse en la hoja de incidentes, conforme al procedimiento aprobado por el INE.
Una vez identificadas, recibirán el tratamiento de las boletas sobrantes: se inutilizarán con dos rayas de tinta y se conservarán separadas de los votos válidos y nulos. Por tanto, no se incorporarán a la sumatoria de resultados.
Qué ocurrirá durante los recuentos distritales
La sentencia también estableció un procedimiento para los casos en que estas boletas se detecten durante un nuevo escrutinio y cómputo en los consejos distritales. En esa etapa, deberán excluirse de la sumatoria y documentarse por separado.
El Consejo Distrital tendrá que dejar constancia de las papeletas identificadas y de la casilla a la que corresponden. Además, deberá conservarlas separadas de las boletas que integran la votación computada.
La diferencia entre ambos procedimientos es importante: las dos rayas de tinta y el registro en la hoja de incidentes corresponden a la identificación en casilla. Durante los recuentos distritales, la sentencia dispone documentar las papeletas y mantenerlas separadas, sin trasladar automáticamente el mecanismo de inutilización previsto para las casillas.
No serán votos nulos ni válidos
La exclusión de las boletas sin doblez necesario establece una distinción jurídica respecto de los votos nulos. Estos últimos corresponden a sufragios cuya emisión puede reconocerse, pero que no reúnen los requisitos para considerarse válidos.
En cambio, el criterio del TEPJF se refiere a una etapa anterior: la posibilidad de vincular materialmente la boleta con un sufragio depositado en la urna conforme al procedimiento legal. Si esa relación no puede acreditarse, la papeleta queda fuera del cómputo, sin ingresar a la clasificación de votos válidos o nulos.
Las nuevas disposiciones se aplicarán en las elecciones federales de 2027 y en los procesos locales comprendidos en los lineamientos. La jornada electoral federal está prevista para el 6 de junio de 2027. Con esta modificación, el INE adecuó sus reglas operativas a la sentencia del Tribunal Electoral y estableció un tratamiento diferenciado para las boletas detectadas en las casillas y durante los recuentos distritales.
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