Ciudad de México, 2 sep. (AMEXI).- Por no obtener el 3.0 por ciento de la votación en ninguna de las elecciones federales pasadas, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la declaratoria de pérdida de registro del PRD.
Después de 35 años de existencia, se aprobó por unanimidad la pérdida del registro del Partido de la Revolución Democrática (PRD) a nivel nacional.
Según se desprende de los cómputos nacionales, locales y distritales y de las resoluciones que en última instancia emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre el tema.
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El proyecto de acuerdo establece dar vista al PRD para que en un término de 72 horas pueda alegar lo que a su derecho convenga, mediante escrito que presente ante la Secretaría Ejecutiva del Instituto.
Una vez concluido dicho plazo, se elaborará el Proyecto de Dictamen valorando la respuesta que, en su caso, se haya presentado, a fin de estar en condiciones de que la Junta General Ejecutiva apruebe someterlo a consideración y aprobación del Consejo General.
La encargada del despacho de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, Guadalupe Yessica Alarcón Góngora, detalló que con base en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y con relación a lo ordenado por la Sala Superior del TEPJF, la JGE sólo debe elaborar la declaratoria de pérdida de registro.
Indicó que el Proyecto de Dictamen que deberá someter a consideración del Consejo General del INE para que sea este el que resuelva en definitiva si un partido político nacional pierde o conserva su registro como tal.
Lo anterior, al ubicarse en el supuesto establecido en el artículo 94, numeral 1, incisos b y c) de la Ley General de Partidos Políticos.