La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por unanimidad, determinó que la ministra Lenia Batres Guadarrama está legalmente impedida para participar en la votación del amparo en revisión 492/2023, cuyo quejoso es Ricardo Benjamín Salinas Pliego.
La determinación se tomó previa audiencia de la ministra Batres, en la que tuvo oportunidad de manifestar en su escrito lo que a su derecho convino.
La Segunda Sala consideró fundada la recusación por falta de objetividad, en tanto que la ley establece que ese supuesto se presenta cuando hay enemistad manifiesta en relación con una de las partes. Tras la decisión, Lenia Batres abandonó la sesión de este miércoles.
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Expresiones publicadas en X
Es público y constan en el expediente las siguientes manifestaciones expresadas por la ministra Lenia Batres en su cuenta de X “@LeniaBatres”:
- “http://Las operaciones de Ricardo Salinas Pliego en los paraísos fiscales de Luxemburgo, Malta y Barbados proceso.com.mx/510069/las-ope…”; 10:19 a.m. 9 nov. 2017.
- “Mientras Salinas Pliego regala dinero en Twitter, TV Azteca despide decenas de personas revolucintrespuntocero.mx/?p= 11:16 a.m. 25 nov. 2020
- “¿Vale como disculpa pública? Ahora que Salinas Pliego pague los impuestos que debe al país y estamos a mano” 9:03 p.m. 20 abr. 2020.
- “Nuevas formas de golpismo, no contra la autoridad, sino contra la sociedad misma. A Salinas Pliego le preocupa una sola cosa: su negocio. MISERABLE MISERABLE MISERABLE” 1:20 a.m. 18 abr.2020
- “Televisa y TV Azteca, los ganones de la reforma… RAYUELA Las carcajadas de Azcárraga Jean y Salinas Pliego se oyen con fuerza más allá de nuestras fronteras” 8:15 a.m. 31 mar. 2014
- “Salinas Pliego no atenta contra el gobierno, atenta contra la vida de los mexicanos. Exijo el retiro de la concesión a TV Azteca, URGENTE #RetiroDeConcesiónATVAzteca”.1:45 a.m. 18 abr 2020.
- “Con relación a los juicios de Grupo Elektra pendientes de resolución en la SCJN … (se reproduce imagen que contiene, entre otros datos, números de expediente y sus cuantías)” 12:42 27 ago 2024.
Principio de justicia imparcial
El principio de justicia imparcial, contenido en el segundo párrafo del artículo 17 constitucional, establece el derecho que tiene toda persona de lograr justicia de manera pronta, completa e imparcial.
Este principio se entiende como el deber que tienen los juzgadores de ser ajenos a los intereses de las partes dentro de una controversia y de resolverlo sin favorecer o perjudicar indebidamente a ninguna de ellas.
El uso de calificativos y connotaciones despectivas contra Ricardo Salinas fue razón suficiente para que la defensa legal del empresario planteara que Lenia Batres está impedida para conocer del amparo en revisión. Por esa razón, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación calificó de legal el impedimento.