El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó que en 2025 el financiamiento público para los partidos políticos será de 7 mil 354 millones 266 mil pesos, de los cuales Morena recibirá 2 mil 584 millones 356 mil 877 pesos, al ser el más votado en las elecciones del pasado 2 de junio.
De conformidad con las fórmulas establecidas en la Constitución y en la Ley General de Partidos Políticos, el acuerdo del Consejo General del INE determinó distribuir 7 mil 354 millones 266 mil pesos para PAN, PRI, PT, Verde Ecologista, Movimiento Ciudadano y Morena.
En sesión extraordinaria, los consejeros electorales indicaron que esos recursos integran por Actividades Ordinarias Permanentes, Actividades Específicas, Franquicia Postal y Franquicia Telegráfica.
¿Cómo se otorga el dinero a los partidos políticos?
La forma para otorgar el financiamiento público a los partidos políticos toma como base los votos que cada instituto político obtuvo el pasado 2 de junio, y de acuerdo con ello es la cantidad que recibe cada uno de ellos.
De esta manera a Morena se le otorgó lo que equivale al 35% de la bolsa de recursos asignados por el INE a los partidos políticos, por lo que recibirá 2 mil 658 millones 946 mil pesos.
Le sigue el Partido Acción Nacional (PAN) que en 2025 contará con mil 331 millones 120 mil pesos en sus arcas. El Partido Revolucionario Institucional (PRI) contará con recursos por mil millones 13 mil pesos.
Movimiento ciudadano obtendrá mil millones 56 mil pesos. Al Verde Ecologista le corresponden 838 millones 97 mil pesos. El Partido del Trabajo recibirá 703 millones 726 mil pesos.
¿A qué destinarán los partidos políticos el dinero?
Esta distribución dinero público que ejercerán en 2025 será para las actividades de los partidos políticos ordinarias permanentes, específicas, correspondientes a educación, capacitación, investigación socioeconómica, política, tareas editoriales y liderazgo político de las mujeres.
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Interpondrá INE controversia constitucional
En la sesión de Consejo General también se instruyó a la Secretaría Ejecutiva del INE a interponer una controversia constitucional contra la reforma a los artículos 45, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).
Este artículo se refiere a la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2024.
Cabe mencionar que el artículo 45 de la LGIPE, párrafo 1, incisos e) y p), establece que corresponde a la Presidencia del Consejo General “proponer al Consejo General el nombramiento del Secretario Ejecutivo” y “designar a los directores ejecutivos y demás titulares de unidades técnicas del Instituto”, respectivamente.